Jueves, abril 25, 2024

No podrá ser candidato quien incurra en violencia e incumpla pensión alimenticia

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La reforma electoral que aprobó el Congreso de Puebla en materia de violencia política de género no sólo estipula que se negará una candidatura a quien sea sancionado por ese delito, sino también a quienes reciban una pena por violencia familiar e incumplimiento de la obligación alimentaria. 

También serán objeto de sanción los funcionarios partidistas, los servidores públicos, los partidos, las agrupaciones que buscan el registro como instituto político, los ministros de culto y cualquier ciudadano que menoscaben o anulen el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos político-electorales de una o varias mujeres.

Las nuevas disposiciones se incorporaron al Código de Instituciones y Procesos Electorales del estado, donde se determina que los funcionarios partidistas podrían ser suspendidos del cargo por incurrir en violencia política; los partidos locales, perder el registro y hasta 50 por ciento de su financiamiento público; y los servidores públicos, ser sancionados por la vía administrativa hasta con la inhabilitación del cargo. 

En cuanto a los aspirantes, se estableció como impedimento para ser candidato y representante de partido el haber sido sancionado por violencia política contra las mujeres en razón o por los delitos de violencia familiar o por incumplimiento de la obligación alimentaria.

En caso de que el registro como candidato haya sido otorgado y se compruebe que el aspirante se encuentre en alguno de los anteriores supuestos, el Instituto Electoral del Estado (IEE) podrá cancelarlo.

Asimismo, los aspirantes a diputados del Congreso estatal, gobernador y miembros de los ayuntamientos tendrán que acreditar la asistencia a un curso de paridad de género, derechos humanos, no discriminación, así como de prevención, atención y erradicación de la violencia política contra las mujeres en razón de género que impartirá el IEE directamente o a través de terceros, pues de lo contrario no podrán ser elegibles para esas posiciones.

Aprueban paridad de género y desaparecen diputados de primera minoría

La reforma electoral también incluyó una enmienda a la Constitución de Puebla que obliga la paridad de género en todos los cargos de representación popular, en los tres poderes del Estado, así como en los órganos constitucionalmente autónomos, para que 50 por ciento de las posiciones se asigne a mujeres.

Dentro de las modificaciones que sufrió la Carta Magna del estado también se encontró una que desaparecerá a los diputados de primera minoría, figura que permitía a un candidato a legislador que hizo campaña y que salió derrotado en la jornada comicial ingresar al Congreso si obtuvo el mayor porcentaje de sufragios en esa elección.

La desaparición la propuso Morena con la promesa de que esto permitirá dar mayor representación en el Poder Legislativo a las fuerzas minoritarias que no alcanzaron una buena votación.

También fue avalada, a sugerencia de ese partido de izquierda, las correcciones al Código de Instituciones y Procesos Electorales del estado que permitirán al Congreso local nombrar al titular del órgano interno de control del IEE, con el fin de impedir actos de corrupción en ese organismo público.

En el caso de la reforma constitucional, ésta tendrá que ser avalada por la mayoría de los 217 municipios para que pueda ser enviada al Poder Ejecutivo estatal y publicada en el Periódico Oficial del Estado.

La propuesta de Morena que no prosperó fue una reducción de 40 por ciento al financiamiento público de los institutos políticos, luego de que sus diputados reconocieron que el Congreso local no tiene facultades para modificar la fórmula de asignación de recursos establecida a nivel federal.

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