Tehuacán. Hasta tres procesos por uso de pirotecnia se han iniciado en este municipio, una de las cuales es en contra del presidente auxiliar de San Diego Chalma, Ausencio Montes Ramírez, quien se resiste a cubrir esa multa.
Otro caso corresponde al comité del Patronato de la iglesia católica de San Lorenzo Teotipilco y el tercero es hacia un particular, según detalló el director de Ecología municipal, Pedro Ginés Flores.
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De acuerdo con las declaraciones del director, la multa aplicada en el caso del presidente auxiliar es de 150 mil pesos, pero hay negativa a pagar por parte de Ausencio Montes, quien argumenta no haber tenido participación alguna en la quema de la pirotecnia utilizada en esa población subalterna de Tehuacán, hecho que se cometió durante la fiesta patronal, teniendo como escenarios la presidencia auxiliar y el templo católico.
A decir del director, el área a su cargo cuenta con evidencias que contradicen el argumento del presidente auxiliar, quien aún si no hubiese participado de manera directa, estaba sabedor del mandato federal que prohíbe el uso de pirotecnia en todo el municipio, aspecto sobre el cual fue informado con anticipación.
Ginés Flores resaltó que como autoridad, los presidentes auxiliares tienen el deber de cumplir y hacer cumplir esas disposiciones, de modo que no hacerlo representa un acto de omisión que también se sanciona, de modo que buscarán las medidas pertinentes para que el presidente cumpla con el pago.
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Respecto a los otros dos casos, no especificó el monto de la multa a la cual podrían hacerse acreedores, ya que son procesos que siguen en análisis, para determinar si se les multa económicamente, expuso.
En ese sentido, Pedro Ginés recordó que dependiendo de la cantidad y el tipo de pirotecnia que se utiliza, es como Ecología municipal define la sanción correspondiente a cada caso, de modo que las multas puede ser desde los 2 mil hasta los 2 millones de pesos, aproximadamente.
Si bien, indicó, los reportes que se tienen al respecto son varios, no en todos es posible proceder, ya que se deben reunir distintos aspectos para la aplicación de sanciones, de tal manera que no basta con una llamada telefónica para que el procedimiento llegue a aplicarse.
La prohibición se determinó por parte de un juez federal, luego de un proceso interpuesto por parte de la asociación protectora de animales TAC “Una Protección al Entorno”, que pidió el cumplimiento por parte del ayuntamiento de Tehuacán de sus propias disposiciones respecto a ese tema.
Para los protectores de animales el ayuntamiento tehuacanense incurría en una actitud contradictoria al tener un reglamento donde por un lado prohibía el uso de pirotecnia y por el otro lo promovía, al recurrir a fuegos artificiales en fechas como el 15 se septiembre u otros festejos cívicos, donde desde el Palacio Municipal se realizaba la quema de los castillos.