La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el diputado federal de Morena Ignacio Mier Velazco difundió propaganda con contenido calumnioso, por tachar de “traidores a la patria” a los legisladores de oposición que votaron contra la reforma eléctrica.
Por unanimidad de votos, los magistrados concluyeron que las expresiones no se encuentran amparadas por el derecho a la libertad de expresión.
Además, la Sala Superior ordenó a la Sala Regional Especializada verificar los señalamientos de los afectados de que también se incurrió en violencia política e institucional, se infringió el derecho de réplica y no hubo medidas de satisfacción y no repetición.
La intervención del tribunal federal obedeció a las quejas que presentaron en abril el Partido Acción Nacional (PAN) y diversos legisladores federales ante el Instituto Nacional Electoral (INE).
Ignacio Mier no fue el único señalado por los albiazules, ya que también acusaron de calumnias al presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, a la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, así como al presidente y la secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena, Mario Delgado Carrillo y Citlalli Hernández Mora, respectivamente.
En una sentencia previa, la Sala Regional Especializada del TEPJF concluyó que sí existió la infracción mencionada, por parte de los servidores públicos e integrantes de Morena denunciados, así como la falta del deber de cuidado de ese partido político de izquierda.
Ignacio Mier rechazó que se trata de propaganda calumniosa
Ignacio Mier presentó recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, identificado con la clave de expediente SUP-REP-632/2022, a fin de controvertir el fallo de la Sala Regional, razón por la cual la Sala Superior entró a la revisión del caso.
El proyecto de resolución aprobado quedó a cargo de la ponencia de la magistrada Janine Otálora Malassis y en éste se juzgaron improcedentes los alegatos del diputado federal, quien es presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados y coordinador de la bancada de Morena.
La Sala Superior sólo revocó parcialmente la sentencia impugnada para que la Sala Regional estudie los planteamientos hechos por los denunciantes relacionados con la supuesta violencia política e institucional, la falta de derecho de réplica y las medidas de satisfacción y no repetición.