Viernes, septiembre 13, 2024

La ley del aborto española y los derechos de las mujeres

Aquí entre nos-otr@s / Lucia Parres / Colectivo El Zenzontle

La ley del aborto española y los derechos de las mujeres

Hace 30 años

En 1979, 11 mujeres españolas conocidas como las «11 de Bilbao» fueron acusadas de abortar. Inicia entonces el movimiento la Asamblea de Mujeres de Bizkaia, e inicia una campaña por el sobreseimiento del juicio, la amnistía para todas y la reivindicación del aborto libre. Es hasta 1982 cuando se absuelve a todas excepto a la persona que realizó los abortos, quien posteriormente fue amnistiada.

Eran 10 mujeres que vivían en una penosa situación económica y que tenían ya varios hijos. Las penas a las que se enfrentaban podían llegar hasta los doce años de cárcel. A raíz de este evento las organizaciones feministas inician las protestas.

En el 79, se realizaron en España 300 mil abortos clandestinos, en los que murieron 3 mil mujeres.

1958461_10202503293617185_1999783690_n (1)Hoy como hace 30 años

El Gobierno español aprobó́ la ley del aborto que retrocede toda la lucha de las mujeres por sus derechos reproductivos, al prohibir interrumpir el embarazo en las primeras 14 semanas -derecho ganado desde 2010- y volverá́ a ser un delito despenalizado sólo por: violación y «grave peligro para la vida o la salud física o psíquica» de la mujer. Serán los médicos los que decidirán si ese peligro existe. La presencia de malformaciones fetales gravísimas no será́ motivo de aborto, aunque sí lo será́ el efecto psicológico que eso tenga en la embarazada.

La nueva normativa se llamará Ley de Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada, y entrará en vigor este año impulsada por la ultraderecha.

El aborto por voluntad propia (14 semanas) desaparece. Ya sólo será́ legal en dos supuestos: si la mujer ha sido violada y lo ha denunciado o si hay «grave peligro para su vida o su salud física o psíquica».

Por violación, se puede abortar hasta las 12 semanas de gestación. Si hay daño físico o psíquico en la madre, hasta las 22.

Las malformaciones fetales incompatibles con la vida no serán argumento para abortar. Pero cuando dañan la salud psíquica de la mujer, sí.

En el caso de peligro físico, con un informe firmado por dos médicos distintos al que va a practicar el aborto y que no tengan relación con el centro que lo vaya a hacer. En el daño psicológico, con un informe firmado por dos psiquiatras.

El médico deberá́ informar a la mujer oralmente sobre las consecuencias del aborto, como que «puede afectar a su maternidad futura». A partir de ahí́, la mujer deberá́ reflexionar siete días. Es decir, no podrá́ abortar antes de una semana aunque lo tenga claro. A partir de la semana 22 se provocará un parto inducido. Pero sí se podrá́ abortar en dos excepciones: si la anomalía fetal no se pudo detectar antes o si hay peligro para la vida de la madre.

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Las menores podrán abortar siempre con la ratificación de sus padres o tutores. Si la chica tiene entre 16 y 18 años y hay un conflicto (que uno de los padres no esté́ de acuerdo o que el hecho de que conozcan la intención de abortar cause un peligro en la menor), decidirá́ un juez. Prevalecerá́ el criterio de la chica. Si tiene menos de 16 años, prevalecerá́ el de los padres.

Todos los implicados en el proceso de aborto se podrán negar a participar. Con la ley Gallardón, desde el médico hasta los anestesistas, los celadores, los enfermeros o los especialistas o psiquiatras encargados de los informes.

Depende, ahora, de las mujeres españolas revertir esta medida que retrocede los derechos adquiridos, hoy como hace 30 años, mediante la movilización y la organización.

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