La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revirtió la nulidad de la elección en Ixtepec, al concluir que hubo elementos suficientes para declarar su validez.
Si esa decisión es ratificada por la Sala Superior del TEPJF, ese municipio de Ixtepec no tendrá elección extraordinaria el año entrante y rendirá protesta de cargo el candidato a alcalde del PRI, César Hilario Guzmán Vázquez, el 15 de octubre próximo.
El conflicto en esa lección se centró en el cómputo de la casilla 729 básica que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) anuló por no tener, supuestamente, certeza del resultado de la votación recibida.
El TEEP argumentó que esa casilla implicaba el 33 por ciento de las secciones del municipio, pero la Sala Regional Ciudad de México concluyo que esa interpretación no se apegó a la normatividad electoral, la cual establece que proceden elecciones extraordinarias únicamente cuando se anula el 20 por ciento de las casillas.
“En este caso una casilla representaba menos del 20 por ciento”, puntualizó el órgano jurisdiccional federal.
Asimismo, el TEPJF rechazó que no existieran elementos suficientes para tener certeza de la votación, ya que se cuenta con dos impresiones de diversas fotografías del cartel de resultados ofrecidas por dos partidos políticos distintos que no participaron en la alianza alguna y generaban un indicio suficiente para tener por acreditada la existencia de su original.
“El tribunal local debió relacionar los documentos que estaban en el expediente, considerando que no había otros documentos que los desvirtuaran. Había diversos documentos coincidentes, lo que era suficiente para tener certeza sobre los resultados obtenidos en la casilla 729 básica”, se detalló en la sentencia.