En estos días ocurren dos sucesos simultáneos que incidirán directamente en la verificación del cumplimiento de la protesta que los ministros de la Corte hicieron al entrar en posesión del cargo y en la preservación, o ruptura, del orden constitucional en México: la presentación al Pleno del proyecto de resolución, elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara, sobre impugnaciones a la reforma constitucional en materia de Poder Judicial; y, la presentación de renuncias al cargo de ministros, con efectos al 31 de agosto de 2025 -excepto Luis María Aguilar Morales cuyo cargo concluye el próximo 30 de noviembre- de los señores Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Gelacio Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena; Norma Lucía Piña Hernández, Javier Laynez Potisek, Ana Margarita Ríos Farjat y Juan Luis González Alcántara Carrancá. Todos juraron, en solemne requisito constitucional, cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La incógnita que surgía con la designación de cada uno de ellos era, saber si honrarían, o no, su palabra; si seguirían los designios de quien los llevó al cargo; o, si privilegiarían intereses propios. Los hechos ya resolvieron las dudas que pesaban sobre su desempeño. La reforma judicial los empujó a la definición clara de sus posturas frente a la Constitución. El saldo es, francamente, decepcionante tomando en cuenta su alta investidura y la presunción que les confiere de tener un conocimiento especializado de ella.
La concurrencia de tales sucesos es indicativa que tanto el proyecto de resolución, como su votación en el Pleno de la Corte, estarán impregnados de un abierto sentimiento de rencor y revanchismo político, más que de dominio de la teoría constitucional; por un indebido ejercicio del poder judicial, más que de cabal comprensión de la Constitución; en defensa de la maraña de intereses de todo tipo entretejida al poder judicial, más que de impartición de justicia; y, contra la reforma judicial que intenta sanearlo, más que cualquier afán de contribuir a ello. Aunque la reforma judicial otorga a todos los actuales integrantes del PJF la posibilidad de contender en la elección por voto popular para permanecer en el cargo, estos ocho ministros han preferido declinar su candidatura a ella y, renunciar al cargo, para hacerse acreedores a los altísimos haberes de retiro. La reforma constitucional que impugnan puede parecerles “inconstitucional” para todo, menos en la parte que protege los dineros de su retiro. El sello de la casa. Los escritos de renuncia más lacónicos son los de Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán. Los demás son enfáticos en señalar que llegaron al cargo por designación del Senado, sin decir a propuesta de quién. La ministra Piña concluye diciendo: <<Esta renuncia no implica mi conformidad con la separación del cargo para el que fui designada originalmente hasta el 10 de diciembre de 2030, sino un acto de congruencia y respeto al texto constitucional que hoy nos rige>>. Ya se verá en el sentido de su voto frente al proyecto de González Alcántara.
El ministro Ortiz Mena es más explícito: <<No me considero un candidato adecuado para un cargo que dependa del apoyo popular>>; <<Desde el principio sabía…que ser juez constitucional…implicaba mantener viva la promesa de justicia en un Estado democrático. La Constitución…es…una estructura de principios destinada a proteger a todos, especialmente a quienes carecen de voz o respaldo popular. Si bien mi trayectoria y capacidades me califican para la judicatura, es en esa labor…donde la función no consiste en validar la voluntad de las mayorías, sino en resguardar los derechos de quienes más lo necesitan>> (sic). <<Es necesario subrayar que esta renuncia no implica una aceptación tácita de la constitucionalidad de la reforma. Procedo conforme a la presunción de validez que toda norma (sic) merece mientras no sea revocada por un tribunal competente (sic). Pero, como tantas cosas en el derecho, esa presunción es provisional, frágil, y tal vez destinada a desaparecer cuando la Corte (sic) emita su juicio final. Hasta entonces, seguiré las reglas vigentes>>. La fatuidad del ministro es la premisa mayor de sus dichos: <<mi trayectoria y capacidades me califican para la judicatura>>. Desconocedor del dicho popular: Alabanza en boca propia, es vituperio; sus conclusiones son, lógicamente contradictorias y, políticamente reveladoras: <<la función no consiste en validar la voluntad de las mayorías, sino en resguardar los derechos de quienes más lo necesitan>>. Según el ministro, los más necesitados, no forman parte de las mayorías. No se necesita ser adivino para saber el sentido de su voto.
En este discurso grandilocuente, las afirmaciones con las que Gutiérrez intenta mostrar erudición constitucional, vienen a evidenciar las carencias teóricas y confusiones técnicas del ministro que tuvo el valor de acudir a Harvard a arrancar sonrisas a la Escuela de Derecho, no por el contenido de la reforma, sino por la explicación simplista que hizo de ella: <<Un enorme periodo donde los juzgados no serán predecibles porque todos los jueces federales de distrito y magistrados tendrán que ser votados ahora los requisitos para ser elector y todavía tenemos legislación (secundaria) en desarrollo y no es broma. Tener 8 de promedio de calificaciones nuestra constitución dice eso ahora y 5 cartas de recomendación de tus vecinos. Si tienes esos requisitos puedes ser postulado hasta la Suprema Corte, agregó el ministro del Máximo Tribunal>>. Una verdad a medias diseñada para introducir la frase que buscó la sorna. Bien captada esa diferencia, la reportera Jennifer García asentó: <<La explicación generó más burlas que aplausos>>. (Reforma Judicial genera burlas en Harvard: Ministro Ortiz Mena explica reforma).
Siempre polémico por sus posturas jurídicas en asuntos significativos para el gobierno federal, el ministro Aguilar Morales, explica su renuncia. Sin rubor alguno, sostiene haberse desempeñado: <<…procurando siempre velar por la justicia y por la protección de los derechos humanos de todo habitante de nuestro país. Sin embargo, todo ciclo se cierra, y más cuando el legislador (sic) ha determinado modificar algunas normas de nuestra Constitución que me obligan a expresar mi voluntad…>>. Tratándose de un ministro, no es algo menor decir que la modificación constitucional la hizo “el legislador”. Los asuntos sometidos a su arbitrio judicial, conocidos por la opinión pública, han expresado con sinceridad la manera en que ha velado por la justicia y los derechos humanos.
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El coprotagonista indiscutible del entramado judicial que apunta, tras la oposición a la reforma judicial, a intentar llevar a prisión a la presidenta de la república, es el ministro González Alcántara. Habiendo sido propuesto al cargo por el expresidente AMLO, aceptó oponerse al proyecto político social denominado Cuarta Transformación impulsado por aquél, al punto que bajo creencia de que, para que la cuña apriete ha de ser del mismo palo, le fueron asignados por la ministra Piña los proyectos de análisis de las acciones de inconstitucionalidad de la reforma, para examinar las posibilidades de revertirla desde la Corte. El proyecto, en tal sentido, se discutirá este martes en el Pleno. El carácter furibundo de Alcántara le ha llevado a asumir posiciones impolíticas, como aquella contra jueces y magistrados, al considerar y hacer público que la vía legal de análisis que plantearon “no era la idónea”; y, proponer en su lugar que tal discusión fuese considerada una de las controversias previstas en la Ley Orgánica del PJF, que tampoco resultó viable. Su renuncia es la más extensa por sus posturas políticas: << (…). Acepté porque confiaba en un sistema de instituciones, de frenos y contrapesos, (sic) que, en manos de mujeres y hombres prudentes y sensatas, (sic) privilegiarían por siempre el diálogo y el compromiso, que atenderían a las demandas apremiantes de una mayoría de la ciudadanía que había sido olvidada o relegada a segundo plano durante décadas, pero que también respetarían la dignidad de las minorías, que procederían con prudencia y respeto, buscando conciliar y no dividir, trabajar en conjunto y no en contraposición. Pero me equivoqué. Me equivoque al creer que prevalecería la razón sincera y libre por encima del clamor de las pasiones. Y, mi error, como el de muchos, nunca me permitió imaginar un escenario como el actual. (…). Para continuar en él, [cargo] hoy se me pretende someter a una contienda electoral masiva e incierta. (…). No participaré en un proceso en donde me vea orillado a realizar promesas que sé que no podré cumplir en buena conciencia, que impliquen una renuncia a mi promesa de ejercer el cargo de juez con imparcialidad y mesura, mirando únicamente a la Constitución, a los hechos del caso y no a los clamores de las mayorías. (…). Desde luego, esta renuncia no implica de ninguna manera mi aceptación -tácita o expresa- de las decisiones políticas tomadas en meses recientes, y conservo mi fe en que seremos capaces, como nación, como sociedad, como ciudadanas y ciudadanos, de identificar el tremendo error que ello implica y corregir el camino antes de que sea demasiado tarde, antes de que hayamos derrumbado, en un suspiro, lo que generaciones se esforzaron décadas en construir>>. A diferencia de cuando buscaba asumir el cargo, aquí no niega la cruz de su parroquia.
Finalmente, la ministra Ríos Farjat, también propuesta al cargo por AMLO, escribe en su renuncia: << (…). Respondo cumplidamente a tal requerimiento, sin que implique una convalidación tácita a un conjunto normativo que se encuentra controvertido. (…). Hacer guardar la Constitución, a lo que me he entregado devotamente, implica preservar su esencia republicana de sano equilibrio y separación de poderes autónomos (sic) entre sí, dando cauce a las transformaciones sociales en un marco de respeto a los derechos humanos y a las distintas formas de pensamiento, sin por ello dejar de expresar el pensamiento propio. (…). Después de todo, siempre son las generaciones siguientes las que resienten el quehacer de las actuales y la ausencia cada vez mayor de empatía, solidaridad y educación cívica>>. (Ocho cartas, ocho formas de renunciar; mira aquí todos los documentos con que los ministros dejaron la SCJN). Quizá si la ministra hubiera externado a tiempo esta consideración sobre la “esencia republicana de sano equilibrio y separación de poderes autónomos”, el movimiento opositor a la reforma se habría ahorrado consignas y reclamos que lo descalificaron ante la población.
Presuntamente redactadas en solitario por sus suscriptores, las renuncias exhiben cuestiones ideológicas y concepciones constitucionales que, en la medida que avancen las transformaciones sociales, deberán irse dilucidando por el grueso de la población, más que por los “constitucionalistas” o “expertos en derecho constitucional” que, según se observa, orientan su “interpretación constitucional” hacia donde la veleta del poder judicial direccione el viento de sus intereses. Las posturas de mayor trascendencia, en las renuncias, son las que contraponen, decididamente, los conceptos de justicia y derechos humanos frente a la voluntad de las mayorías. Esta postura es la que hace circular la idea de que ocho ministros se oponen a la voluntad de casi 36 millones de mexicanos que votaron por la continuación de un proyecto político social que no encontró otro, alternativo, propuesto por la oposición política electoral. Señal inequívoca de que hace falta analizar, a fondo, la relación entre constitución formal y constitución real. La postura de los ocho, asentada en una falsa interpretación de la Constitución formal, como postura de fuerza, de choque de poderes, necesitaba un respaldo y lo encontraron en la amenaza de destituir y enviar a prisión a la presidenta. Tal acción, políticamente, se convirtió en una tanteada social para examinar las posibilidades de apoyo popular a una acción golpista. Esta es la razón por la que en sus argumentos, nunca aparece en cita y menos en defensa, el artículo 39 que coloca al pueblo, ente colectivo, y no a los individuos, como el generador de poder público y beneficiario del mismo.
Las manifestaciones que los ministros hacen en sus renuncias permiten apreciar que, desde la Corte, han hecho que la división de poderes para su ejercicio social, transite de su concepción original de división social del trabajo público, al de partidización de la función judicial. La partidización del PJF se dio en el momento mismo de la toma de posesión presidencial de AMLO. Las hostilidades subieron de tono con la disputa por la aplicación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos que, interpretada por la propia SCJN, la determinó inaplicable para el poder judicial federal autoexcluyéndose de la política de austeridad republicana impulsada por el Ejecutivo. Partidizar la función jurisdiccional -invocando su independencia como poder- cuestiona la unidad del Estado, del poder público, y del proyecto de nación; en tanto cada fuerza política sostiene divergentes concepciones ideológicas, interpretativas, y de método sobre los alcances que la Constitución, la legislación, y la economía política tienen para dotar a la población mexicana de una mejor forma de organización social y de vida. La partidización del poder judicial exhibió una paradoja: desde diciembre de 2018, las fuerzas político partidistas que el voto popular echó de la conducción y administración del país, quedaron a cargo de la noble tarea de impartir justicia; y sus consecuencias están hoy ante nuestros ojos en esta disputa que la Corte mantiene contra tres poderes.
El quid de este conflicto seguirá siendo el Síndrome de Carbonell. Mientras los ministros de la Corte -jueces y magistrados- sigan creyendo que el Poder Reformador de la Constitución es un poder constituido y que, como tal, está sujeto a las decisiones de la Corte, seguiremos atorados -gratuitamente- en la suposición de que una mala interpretación o, ignorancia, de la Constitución, es capaz de crear una “crisis constitucional”. (“Desacato a la SCJN puede agravar crisis constitucional”, advierten especialistas). Que el proyecto de sentencia presentado por el ministro González Alcántara para resolver la ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 164/2024 Y SUS ACUMULADAS 165/2024, 166/2024, 167/2024 Y 170/2024; en la que aparecen como PROMOVENTES: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, DIVERSAS DIPUTADAS Y DIPUTADOS INTEGRANTES DEL CONGRESO DEL ESTADO DE ZACATECAS, MOVIMIENTO CIUDADANO Y UNIDAD DEMOCRÁTICA DE COAHUILA; de entrada, técnicamente, exhibe la idea de que una reforma constitucional pueda ser cuestionada de inconstitucional, lo que es un absurdo, inadmisible en Derecho. Sin embargo, sobre la suposición de que no se trata de una cuestión de ignorancia, sino, política, pone de manifiesto la existencia hipotética de una consigna de la oposición, basada en el Síndrome de Carbonell, que da luz verde a que la Corte intente colocarse por encima del Poder Reformador, del Legislativo y, del Ejecutivo, desconociendo de facto la Constitución. El asunto, así visto, adquiere tintes de una disputa de poder político fuera de tiempos electorales y, por ello, de naturaleza golpista. Mañana, en la sesión del Pleno de la Corte, sabremos la verdad.
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Heroica Puebla de Zaragoza, a 04 de noviembre de 2024.
JOSÉ SAMUEL PORRAS RUGERIO.