Trabajadores de futuros centros de investigación federal en el país ya no tendrán derecho a la sindicalización ni a un contrato colectivo de trabajo, con la eliminación de la jurisprudencia 1/96 por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), indicó la Federación Nacional de Sindicatos del Sector de Ciencia y Tecnología (Fenasscyt), misma que manifestó su indignación por ese hecho.
El 11 de octubre pasado los ministros emitieron fallo en el sentido de que dichos empleados pueden ser regidos por el apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dejándolos en situación de vulnerabilidad laboral.
Previamente, quienes trabajaban en dichos centros solo se podían regir por el apartado A, con lo cual tenían garantizada una base y ejercer su derecho a la sindicalización.
Los integrantes del máximo tribunal especificaron que no hay retroactividad, por lo que quienes ya estaban en ese apartado ahí seguirán.
Sin embargo, la Fenasscyt, cuyo coordinador es Manuel Escobar Aguilar, líder del Sindicato Unitario de Trabajadores del Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica (SUTINAOE), sostuvo que la decisión de los ministros es un retroceso porque se niegan derechos a futuros empleados de centros de investigación.
“La no retroactividad en la aplicación de la revisión de la jurisprudencia 1/96 salvaguarda los derechos laborales de algunos organismo descentralizados, pero el negar esos derechos a los que se creen en el futuro o a aquellos que carecen hoy de contratos colectivos de trabajo, sienta la bases de una monstruosa diferencia entre el presente y el futuro. Esta diferencia generará un escenario de discriminación entre organismos públicos descentralizados”, expuso la Fenasscyt en un comunicado de prensa.
La Federación abundó que los ministros no tomaron en cuenta, por ejemplo, que conforme a la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, que aplica a quienes se encuentran regidos por el apartado B del artículo 123 constitucional, el personal de numerosos organismos descentralizados, como quienes se dedican a las tareas de investigación científica, son considerados personal de confianza y que, como tales, no tienen estabilidad laboral ni derechos de negociación colectiva.
En la decisión de la Corte, se agregó en el documento, han privado los criterios administrativos por sobre los derechos laborales.
“No han escuchado la voz de las y los trabajadores. Nuestra Federación solicitó, insistentemente, entrevistas con las señoras ministras y los señores ministros, pero la mayoría de ellos no quisieron escucharnos”, reprochó la Fenasscyt.
Esta última está conformada por 17 sindicatos, entre ellos el de Trabajadores del Centro de Investigaciones en Alimentación y Desarrollo; de Investigadores del Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, de Investigadores y Profesores de El Colegio de la Frontera Norte, y de Trabajadores de El Colegio de San Luis.