Delfina Pozos Vergara, diputada local del PRI, solicitó formalmente la abrogación de la ley que sanciona el ciberasedio en Puebla, al considerar que la norma representa un riesgo de censura para periodistas, medios de comunicación y cualquier persona que cuestione al poder estatal. La petición fue presentada ante la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso local, en un contexto de creciente preocupación por el impacto de la legislación en la libertad de expresión.
Durante una conferencia de prensa, la legisladora subrayó que el PRI respalda la mayor parte de la reforma que sanciona delitos cometidos a través de Internet y redes sociales, la cual fue aprobada por mayoría el jueves pasado y publicada en el Periódico Oficial del Estado el fin de semana. Sin embargo, Pozos Vergara enfatizó su rechazo a la tipificación del ciberasedio, argumentando que esta disposición puede derivar en censura y, por tanto, debe ser abrogada de inmediato.
Enfatizó, con la frase “se los dije”, que la reforma debió someterse a análisis y discusión con expertos, periodistas y colectivos antes de su aprobación, y no después de que la ley ya entró en vigor, como ahora pretende el Congreso local. La diputada anunció que estará atenta a la discusión y a los foros que se realicen, y advirtió que, “aunque no les guste”, alzará la voz si detecta simulación por parte del Poder Legislativo.
Pozos Vergara denunció que durante la discusión en el pleno se intentó acallarla cerrándole el micrófono, y señaló que no es la primera vez que la fracción de Morena en el Congreso local recurre a enviar a diputadas a increparla cuando expresa su postura sobre temas polémicos en tribuna.
La legisladora cuestionó que la decisión del Congreso del estado de someterlo a foros se haya dado después de que hubo críticas y cuestionamientos a nivel nacional por la aprobación del articulado.
Reiteró que la libertad de expresión debe estar garantizada y que cualquier intento de censura representa un retroceso democrático para Puebla.
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La reforma incorpora el artículo 480 al Código Penal estatal, introduciendo el concepto de ciberasedio, definido como el uso de tecnologías de la información para injuriar, ofender, agraviar o vejar a otra persona con la insistencia suficiente para causarle un daño importante en su salud. Esta conducta será castigada con prisión y sanción económica, con el objetivo de frenar el acoso persistente en plataformas digitales.