La abogada Helena Monzón informó esta tarde que fue notificada de que el Cuarto Tribunal de Alzada Colegiado de lo Penal del estado de Puebla dejó sin efectos la sentencia condenatoria contra Javier López Zavala, excandidato a la gubernatura por el PRI, quien había sido sentenciado a seis años de prisión por el delito de violencia familiar en agravio de la activista Cecilia Monzón, víctima de feminicidio en 2022.
Los magistrados Yina Yanet Sierra Jiménez, Isaí Rivas López y Abelardo Gil Martínez votaron a favor de revertir dicha sentencia el pasado 22 de octubre; sin embargo, fue hasta este jueves cuando la familia Monzón recibió la notificación formal. El argumento central del Tribunal fue que el testimonio de Cecilia Monzón debió ser leído en audiencia por la persona de la Fiscalía que lo recibió al momento en que la víctima presentó su denuncia en vida.
Este criterio obliga al Tribunal de Enjuiciamiento a repetir la audiencia realizada en julio de 2024 y, posteriormente, emitir una nueva sentencia. Para Helena Monzón, hermana y abogada de la activista, esta decisión constituye una clara revictimización al volver a cuestionar la palabra de Cecilia.
“La arbitrariedad con la que opera el Cuarto Tribunal es grave y roza la ignorancia en materia penal, al no tener presente que la prueba en cuestión fue entregada por la víctima como una denuncia escrita, firmada y hecha por la propia Cecilia Monzón (sin importar quién la lea en Sala)”, señaló la litigante en un comunicado.
De acuerdo con la abogada, este fallo coloca nuevos obstáculos para las víctimas dentro del sistema de impartición de justicia y compromete la responsabilidad del Estado mexicano ante tribunales internacionales en materia de Derechos Humanos.
Cabe recordar que el proceso por el feminicidio de Cecilia Monzón, en el que se acusa a Javier López Zavala como presunto autor intelectual y a Jair N. y Silvestre N. como presuntos autores materiales, continúa en desarrollo y acumula más de siete meses de audiencias.
Sobre este proceso, la familia Monzón ha exigido al Poder Judicial que emita la máxima condena por este crimen, estipulada en el Código Penal del estado como de 60 años de prisión.
Finalmente, es relevante subrayar que este fallo proviene del mismo Tribunal que reclasificó el feminicidio de Araceli Vázquez, ocurrido en Acajete en 2013, a homicidio doloso, lo que permitió reducir la sentencia de su agresor, Javier Mauricio Díaz, entonces expareja sentimental de la víctima, de 35 a 27 años y seis meses de prisión.
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