El Nodho de Derechos Humanos, advirtió que la causa judicial contra Pascual Bermúdez Chantes y Renato Romero Camacho, defensores del agua en Xoxtla, se sustenta principalmente en el testimonio de un funcionario de la Secretaría de Gobernación estatal.
Para mañana está programada una diligencia a las 14:30 horas en el Centro de Justicia Penal Federal en Puebla, dentro del proceso 545/2025, en el cual los activistas enfrentan cargos por ataques a las vías generales de comunicación, acusados por Caminos y Puentes Federales debido al cierre de una carretera en el marco de una protesta.
En un informe dado a conocer esta mañana, el Nodho recuerda que la imputación contra ambos se sustenta en un testimonio de Justino Cerezo, delegado de la Secretaría de Gobernación en la microrregión Cholula, de quien Renato Romero denunció públicamente haber recibido amenazas directas.
Para la organización, incorporar estas declaraciones al proceso constituye un acto de mala fe o negligencia y compromete la imparcialidad de la investigación.
El reporte también señala que la Fiscalía General de la República (FGR), representada por la agente Eloísa Paredes, basó la imputación en notas de prensa, publicaciones en redes sociales y testimonios que solo confirman la presencia de los acusados en la protesta.
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Ninguno de los elementos presentados acredita violencia, lucro ni riesgo para la vida de terceros durante el cierre de la autopista México–Puebla, asegura la organización.
Otra anomalía, apuntó la ONG, ha sido la ausencia del representante legal de Capufe, la parte denunciante, que ha sido interpretada por el juez Jorge Ramírez como una muestra de desinterés en el proceso.
El Nodho enmarcó este caso e un patrón de Demandas Estratégicas contra la Participación Pública (SLAPP), utilizadas en México para intimidar a líderes sociales.
Recordó que el tipo penal de ataques a las vías generales de comunicación se ha usado de manera reiterada en contra de movimientos magisteriales, indígenas y comunitarios en varios estados del país.
La organización destacó que la CIDH y la ONU reconocen la protesta pacífica, incluidos los bloqueos temporales de carreteras, como parte de los derechos de reunión y libre expresión. La respuesta estatal, insisten, debe privilegiar el diálogo, la mediación y la gestión del tránsito en lugar de la penalización. Además, señalar a líderes específicos es considerado un signo de selectividad y criminalización.
El informe subraya que la protesta en San Miguel Xoxtla respondía a la defensa del agua como bien común, frente a su explotación comercial por empresas privadas. Para el Nodho, perseguir penalmente a Bermúdez y Romero, mientras otros cierres de carreteras motivados por obras o actos oficiales no son sancionados, evidencia un doble estándar.
Tras la solicitud de duplicidad del término constitucional por parte de la defensa, el juez de la causa fijó la continuación de la audiencia para el viernes 5 de septiembre a las 14:30 horas. De acuerdo con el Nodho, en esta diligencia el Poder Judicial Federal y la FGR tendrán la oportunidad de optar entre la liberación de los defensores o profundizar en lo que califican como un episodio de criminalización de la protesta social.
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