Domingo, abril 20, 2025

Congreso catalogará como grave los conflictos de interés en el Poder Judicial de Puebla

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La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local aprobó el dictamen de una iniciativa de reforma que impulsan los siete coordinadores de bancada, a fin de catalogar como “faltas graves” los conflictos de interés en el Poder Judicial de Puebla.

De acuerdo con el proyecto, entre ese tipo de faltas destaca la de reunirse con las partes o sus representantes o apoderados fuera de los recintos o diligencias judiciales para tratar los asuntos jurisdiccionales en los que participen, así como hacer uso de su cargo para que ese poder contrate a personas con las que tenga lazos de parentesco.

También se calificará como grave omitir preservar la dignidad, imparcialidad y profesionalismo propios de la función judicial en el desempeño de sus labores, emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento, dejar de desempeñar las funciones o las labores que tenga a su cargo sin causa justificada e incurrir en acoso u hostigamiento sexual.

Debido a que la reforma es impulsada por la totalidad de los líderes parlamentarios, cuenta con los votos suficientes para ser avalada por el pleno del Congreso en la sesión del jueves 15 de junio.

Las modificaciones se proponen a la Ley Orgánica del Poder Judicial, donde ya se determina que el plazo de prescripción de faltas graves de las personas servidoras públicas es de siete años, mientras las responsabilidades no graves prescriben en tres años.

Dictaminan en siete minutos

La iniciativa de reforma se turnó a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia el jueves pasado y se dictaminó como factible de ser aprobada por los diputados que integran ese órgano legislativo en una sesión que duró siete minutos.

En la exposición de motivos del proyecto, los siete coordinadores de bancada que conforman la Junta de Gobierno y Coordinación Política explicaron que los cambios son necesarios para ajustar la ley secundaria a la reforma a la Constitución local de mayo pasado que redujo las facultades del Consejo de la Judicatura.

Las modificaciones constitucionales determinaron que ese órgano del Poder Judicial sólo encargará de la administración, vigilancia y disciplina, por lo que no podrá incidir en la función de impartir justicia que tienen el Tribunal Superior de Justicia, el Tribunal de Justicia Administrativa y la Sala Constitucional.

La enmienda además precisó que el Consejo de la Judicatura es el responsable de ejercer el presupuesto del Poder Judicial, para lo cual está obligado a coordinarse con los órganos jurisdiccionales, a fin de atender adecuadamente sus necesidades de recursos económicos, materiales y humanos.

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