La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al ayuntamiento poblano de Chiautzingo debido a que la presidencia de la junta auxiliar de San Agustín Atzompa suprimió el servicio de agua potable a una familia.
El recurso enviado por el organismo federal tiene el registro 29/2023 y relata que la sanción que estableció el Comité de Agua Potable de Atzompa se debió a que el padre de familia de la prole agraviada no pudo realizar una faena que le indicó el comisario ejidal, aduciendo que estaba incapacitado para realizarla.
No obstante, el quejoso pidió al representante comunal que le adjudicara otro trabajo para cumplir con sus obligaciones comunitarias, pero éste se negó e instó al comité y a las autoridades subalternas de San Agustín, a suspender el suministro de agua al agraviado y su familia.
Por esa razón, la Comisión Nacional de Derechos Humanos analizó la queja del afectado, indagó y emitió la recomendación en comento, la cual establece que “instruya a quien corresponda para que de manera inmediata reinstale el servicio de agua potable en el domicilio de las víctimas.
Asimismo, la CNDH a que se garantice el servicio público de agua potable en la localidad de San Agustín Atzompa y emita una circular a través de la cual “reitere la instrucción a las personas servidoras públicas del ayuntamiento para que sujeten su actuar a lo establecido por el orden jurídico mexicano, así como a sus tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano y se abstengan de realizar actos que atenten en contra del derecho humano de acceso al agua”.
También pide que se brinde a los servidores públicos adscritos al ayuntamiento, capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos, establecidos en la legislación local nacional e internacional, principalmente los relacionados con el derecho humano de acceso al agua, con la finalidad de evitar que actos como los señalados se repitan.
La comisión también solicita que la Contraloría del ayuntamiento de Chiautzingo inicie el procedimiento administrativo correspondiente en contra del presidente y la síndica municipal de Chiautzingo, derivado de la vista que dará este órgano constitucional autónomo, con un ejemplar de este documento.