Jueves, abril 25, 2024

Amplía Instituto Electoral del Estado plazo para sustituir a representantes de casilla

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El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) amplió el plazo para sustituir y registrar a los representantes de los partidos políticos y coaliciones, quienes se encargarán de vigilar las mesas directivas de casilla en la jornada electoral del domingo.

Las fuerzas políticas tendrán 36 horas más para realizar ajustes y solventar las observaciones del órgano comicial, término que concluirá este miércoles, justo en el último día de campañas.

El Consejo General amplió el plazo a propuesta del representante de la coalición Cinco de Mayo (PRI–PVEM), Silvino Espinosa Herrara, quien argumentó que no logró acreditar a la totalidad de sus representantes.

Según información de los equipos de campaña, la coalición PRI–PVEM registrará 3 mil 864 representantes de casillas en la capital; la coalición Puebla Unida (PAN–PRD–Panal–Compromiso por Puebla) cuenta con 5 mil militantes y simpatizantes para desarrollar las funciones de vigilancia, mientras el PT anunció el registró de mil 492 personas.

En los comicios el IEE instalará casi 7 mil 500 casillas en todo el estado, para captar los sufragios emitidos por los ciudadanos en la elección de presidentes municipales y diputados locales.

De acuerdo con el artículo 144 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del estado, los representantes de los partidos políticos ante las casillas tendrán a su cargo la función de vigilar el desarrollo de la jornada electoral.

Los representantes desarrollarán su función desde los actos previos a la instalación de la casilla hasta el escrutinio y cómputo, así como el levantamiento de las actas correspondientes, de las cuales recibirán un ejemplar y presenciarán la entrega de los paquetes electorales a los órganos del IEE que corresponda.

En el código se precisa que los representantes de los partidos políticos y coaliciones sólo tendrán derecho a voz.

En el numeral 253 del mismo ordenamiento se determina que cada partido político tendrá derecho a nombrar un representante propietario y suplente ante cada casilla; un representante general propietario y suplente por cada 10 casillas electorales urbanas y mixtas; así como un propietario y suplente por cada cinco casillas rurales.

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