Martes, abril 22, 2025

Amnistía aplicará en Puebla para narcomenudeo, robo sin violencia y sedición

Una comisión del gobierno estatal será responsable de aprobar las solicitudes

La Ley de Amnistía aplicará en Puebla para perdonar delitos de orden común como narcomenudeo, robo sin violencia y sedición, así como cualquier delito en el que esté involucrada una persona que se auto adscriba como indígena y se compruebe que no tuvo acceso a la justicia durante el proceso que enfrentó.

De acuerdo con el dictamen aprobado en comisiones del Congreso local, cinco funcionarios del gobierno del estado serán los responsables de estudiar y determinar si proceden las solicitudes: los secretarios de Gobernación, Seguridad Pública, Bienestar e Igualdad Sustantiva, así como el director del DIF estatal.

Las condiciones que se deben cumplir para lograr la amnistía se describen en el artículo 3, en el que se establece que ésta procederá en delitos contra la salud de competencia estatal como el narcomenudeo si quien los cometió padece una situación de extrema pobreza, tiene una discapacidad permanente, lo haya ejecutado por indicación de su pareja sentimental o pariente, por temor fundado u obligado por grupos de delincuencia organizada.

En el caso del robo sin violencia, la amnistía procederá siempre y cuando la sanción no amerite pena privativa de la libertad por más de tres años.

Por otra parte, el Código Penal local define el delito de sedición como todo ataque o resistencia contra la autoridad que se lleve a cabo de forma tumultuaria y sin uso de armas, a fin de impedir el libre ejercicio de sus funciones.

Para que proceda la amnistía en caso de sedición, los hechos no deben configurar un acto de “terrorismo” ni incluir la privación de la libertad, lesiones graves a otra persona o el empleo de armas de fuego.

Falta del aval del pleno del Congreso

El dictamen de Ley de Amnistía fue aprobado por las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia, por lo que requiere el aval del pleno del Congreso para que se ordene su publicación en el Periódico Oficial del Estado y su entrada en vigor.

Los cinco funcionarios del gobierno del estado que definirán la procedencia de las solicitudes integrarán la Comisión de Amnistía del Estado, cuyas resoluciones podrán impugnarse ante el Poder Judicial a través del amparo.  

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