El acoso laboral por plataformas de mensajería directa, correo electrónico y redes sociales, podría ser tipificada como delito de violencia digital en Puebla, si prospera una iniciativa presentada ayer por la bancada del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución procedente e incluye características y sanciones para los ilícitos de violación a la intimidad sexual; ciber abuso, ciber acoso sexual, sexting, chantaje, extorsión y violencia sexual cibernética, violencia digitalizada, ciber violencia laboral, robo de identidad digital, ciber violencia de género y criptoinvasión de equipos digitales y secuestro de datos.
Concretamente se propone derogar los artículos 225 y 225 Bis y adicionar los artículos 479, 480, 481, 482, 483, 484, 485, 486, 487, 488 y 489 al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.
En las consideraciones de la iniciativa se indica que, con la regulación de estas conductas, se pretende dotar a la sociedad de mecanismos para defenderse de situaciones de este tipo y desincentivar la comisión de las mismas.
Por otra parte, se presentó una iniciativa mediante la cual se reforma el artículo 6 a la Ley de Víctimas del Estado de Puebla, para establecer que tienen derecho a ser tratadas con humanidad y respeto a su dignidad como a sus derechos humanos por parte de todas las personas servidoras públicas y, en general por el personal de las instituciones responsables del cumplimiento de esta Ley, así como parte de los particulares que cuenten con convenios para brindar servicios a las víctimas.
Además, el Estado deberá garantizar que tengan acceso a servicios médicos y apoyo psicológico para ayudarles a superar el trauma que han pasado, realizando prioritariamente acciones encaminadas al fortalecimiento de sus derechos, así como evaluar permanentemente el impacto de las actividades que se implementen.
En tanto, se pretende prohibir a las autoridades y funcionarios públicos a revictimizar, a decir o hacer cualquier acto que agrave el estado emocional de las víctimas, dando pauta a que empeore su condición, ni establecer requisitos que obstaculicen e impidan el ejercicio de sus derechos, ni la expongan a sufrir un daño mayor.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución procedente.
En otro momento se la sesión se presentó un punto de acuerdo para exhortar a la persona titular de la Secretaría de Gobernación, para que gire instrucciones a la Coordinación General de Protección Civil del Gobierno del Estado, a fin de realizar campañas permanentes de capacitación y concientización para la población cercana al volcán Popocatépetl, sobre los riesgos de una erupción volcánica.
El punto de acuerdo fue enviado a la Comisión de Protección Civil para su estudio y resolución correspondiente.
También se presentó un punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Seguridad Pública para que brinde capacitación a las autoridades policiacas, en coordinación con los 217 Ayuntamientos, para que sigan el correcto protocolo de actuación al momento de detenciones y no realicen detenciones ilegales.
El punto de acuerdo fue turnado a la Comisión de Seguridad Pública para su estudio y resolución procedente.