Logo de La Jornada de Oriente
Cargando...

Por qué no llamar a las cosas por su nombre: "feminicidio"

Por: Rosario A. Mendieta Herrera

2013-06-19 04:00:00

De acuerdo con publicaciones del Observatorio Nacional de Feminicidio, éste se refiere al asesinato de mujeres por parte de hombres que las matan por el hecho de ser mujeres. Los feminicidios son asesinatos motivados por la misoginia, porque implican el desprecio y el odio hacia las mujeres; expresan situaciones extremas de violencia contra las mujeres y niñas, incluyen diversas formas de humillación, de abandono, de miedo y la aceptación de que las mujeres y niñas mueran como resultado de actitudes misóginas y de prácticas sociales de desprecio, de maltrato físico y emocional, de hostigamiento, de abuso sexual, de incesto.

Un diario local publicó el 10 de junio de 2013 el homicidio de una mujer vecina del municipio de Apizaco, cuyo cadáver fue localizado en un predio ubicado en el estado de Puebla. Fue esclarecido gracias a las investigaciones que realizó la Policía Ministerial adscrita a la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), ya que logró detener al homicida, con quien la víctima mantenía una relación amorosa.

En Tlaxcala, en 2008, el estudio “Una mirada al feminicidio en México 2007–2008”, a cargo del Observatorio Ciudadano de Feminicidios (OCNF), colocó a Tlaxcala entre los primeros 10 estados con mayor incidencia de homicidios de género con 30 casos. El 57 por ciento de las muertes de mujeres fue por razón de su género: uso excesivo de violencia física que ocasionó traumatismos craneoencefálicos, asfixia o contusiones en la parte abdominal propiciadas en la mayoría de los casos por su pareja. El Observatorio estatal de 2009 a 2013 ha registrado 43 feminicidio, todos con las características antes descritas. 

Sin embargo, existe otra característica muy particular de estos casos de violencia que se cometen en contra de las mujeres, la mayoría es que estas mujeres sufrieron de maltrato y golpes constantes por parte de su pareja, es decir, episodios de violencia familiar recurrente, hasta que la violencia feminicida terminó con su vida.

Ninguno de estos casos son aislados; por el contrario, son casos que lo que tienen en común es la violencia de género. Son casos de violencia doméstica que ejerce quien tenía una relación íntima con la víctima, en el lugar que se supone sería el más seguro: el domicilio conyugal.

En Tlaxcala, a pesar de que existe la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a Vivir Libres de Violencia, el índice de violencia que se comete en contra de las mujeres en la entidad continua siendo alto, en su artículo 1 establece que las disposiciones de esta ley, tienen por objeto prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación en el estado de Tlaxcala. Sin embargo y a pesar del razonado y motivado carácter de la ley, las acciones que en ella se consagran no constituyen delito, que no llega ni siquiera a medida preventiva para la ejecución de acciones más gravosas.

Hasta el momento y a pesar de que en marzo de 2012 en el Código Penal de Tlaxcala se tipificara como grave el delito de feminicidio y la violencia familiar, no existe otro tipo penal que proteja a las mujeres ante los diversos tipos de violencia en sus diversos ámbitos.  Aunado a que existe falta de voluntad y sensibilidad para atender la violencia de género que se comete en contra de las mujeres.

A pesar del contexto de violencia sistémica que viven las mujeres de Tlaxcala, las autoridades se resisten a investigar, integrar y sancionar este tipo de delitos por razones de género, por lo que el gobierno estatal continúa evadiendo su responsabilidad ante la violencia contra las mujeres.

Ante esto es importante recordarle al Tribunal Superior de Justicia de Estado que la desigualdad es lo que causa la violencia brutal contra las mujeres y la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a Vivir Libres de Violencia para el Estado de Tlaxcala no tiene como objetivo castigar, sino crear una política integral para el combate de la violencia contra las mujeres. Sin embargo, a través de procesos e iniciativas de armonización legislativa, esta ley puede ser funcional en el ámbito de lo penal y familiar, por lo que se le exhorta a que no tarde en dar a conocer su sentencia sobre el cumplimiento de la actual Legislatura en materia de la denuncia por omisión legislativa, en la que se le sentencia a armonizar los códigos Penal, Civil, de Procedimientos Administrativos y de otros procedimientos que tengan como objetivo principal garantizar el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia.

Share
La Jornada
Nacional Michoacan
Aguascalientes Guerrero
San Luis Veracruz
Jalisco Morelos
Zacatecas  
Tematicas
Defraudados Izquierda
AMLO Precandidatos 2012
Servicios Generales
Publicidad
Contacto
© Derechos Reservados, 2013. Sierra Nevada Comunicaciones S.A. de C.V.