Logo de La Jornada de Oriente
Cargando...

Para una reforma hacendaria, una visión de estado: ¿seguridad social, seguridad jurídica o seguridad pública?

Por: Silvino Vergara Nava

2012-08-13 04:00:00

 

“El hombre moderno no sólo

vive en el estado sino

también del estado”

Forsthoff

 

En el inminente cambio de gobierno en el Estado mexicano, dentro de las tareas que deben analizarse, es otra vez, la denominada reforma hacendaria, es decir más reformas legales, bien citaba Tácito: “pésima republica, plurimae leges”, pues para el estado no existe la recaudación suficiente para sus gastos, y por otro lado, para los gobernados las contribuciones resultan desproporcionales e in equitativas, sin embargo, para definir una reforma hacendaria es necesaria, más que una derogación de normas, y creación de otras, es decir, el ensanchamiento del sistema jurídico, o la reducción del mismo. (Ferreyra, Raúl Gustavo, Notas sobre derecho constitucional y garantías, editorial Porrúa, México, 2004) En primer lugar, es necesario determinar para que se va a gastar, pues si bien el concepto de la Constitución para recaudar contribuciones es sufragar al gasto público, –artículo 31 fracción IV de la Constitución– este puede tener diversas finalidades, de acuerdo a lo que hemos visto, en estos últimos años, a saber: seguridad social, seguridad jurídica o bien seguridad pública. En la primera –seguridad social– un gasto público destinado al beneficio social, incrementar la población en servicios de salud, de educación, crédito para la vivienda, empleo e incluso al sano esparcimiento como lo define el artículo 4 de la Constitución, en donde se ve a cada ciudadano respetando su propia dignidad humana, en resumen, el estado de bienestar, o bien, el Estado social de derecho, conformado en nuestra Constitución Mexicana de 1917, y consagrado en la Constitución de Weimar de 1919, que otorgó esta serie de derechos sociales que permeo en muchos de los países europeos y que ha representado una crisis mundial por la falta de recursos y el exceso de necesidades insatisfechas para la población, hoy es evidente esta crisis de los denominados derechos sociales, en estos países de Europa. Entonces desde el ámbito tributario ninguna contribución, impuesto, derecho es suficiente para sufragar el gasto público, por ende es que hoy se esta repensando el Estado social de derecho en el mundo, precisamente en parte por estas razones económicas, por ello, si México busca para este próximo sexenio como finalidad la tutela de los derechos sociales, es evidente que las en el caso de la reforma fiscal, se deberán de reestructurar los organismos que otorgan seguridad social, repensar el sistema recaudatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores, derogar el Impuesto sobre Depósitos en Efectivo debido a que ha dejado de ser recaudatorio en base a los últimos informes del Servicio de Administración Tributaria, reformar el Impuesto Empresarial a Tasa Única para que estimular el empleo, delimitar una nueva estructura del Impuesto al Valor Agregado para que sea distribuido a las entidades federativas, pues tendrán que derogar, en el afán de generar empleo, los denominados impuestos sobre nominas locales, hacer deducible el Impuesto Sobre la Renta ante la incapacidad del estado de otorgar servicios educativos para toda la población, establecer estímulos en invenciones e investigaciones, y otras muchas modificaciones con la visión de un Estado social de derecho.

Por su parte, tenemos el Estado liberal de derecho, es decir el estado que vela por la seguridad jurídica, sobre todo en las inversiones, en el fomento de mayores libertades para las personas, pero principalmente las libertades económicas, a lo que se le ha denominado el Estado liberal, desde luego que en esta perspectiva del estado lo que interesa es fortalecer los mecanismos y regulaciones en cuanto al fomento de las inversiones particulares, considerar que cada ciudadano actúa de buena fe, por ello se debe de pensar una reforma fiscal distinta a la de un Estado social de derecho, como es, disminuir la tasa del Impuesto Sobre la Renta, derogar el Impuesto Empresarial a Tasa única, delinear programas de estímulo a las empresas en inversiones, delimitar una tasa del Impuesto al Valor Agregado  generalizada para que sea mas fácil su fiscalización, pero reduciendo la tasa del impuesto que incremente las actividades de consumo, mantener el Impuesto sobre Depósitos en Efectivo para controlar las inversiones provenientes del lavado de dinero, que resultan una competencia desleal, establecer una modificación en la legislación mercantil, como es la constitución de las sociedades unipersonales, entre otras muchas modificaciones, Estado liberal del cual ha quedado demostrado desde la década de los 80 del siglo anterior que, el dejar la actividad económica exclusivamente para la iniciativa privada representa una grave pérdida de soberanía de los estados, la explotación desmedida de los recurso naturales, y con ello las grandes afectaciones ambientales, y lo que es más dramático la pérdida de la clase media, la generación de la extrema pobreza, y las enormes distinciones, entre grandes inversionistas y enormes necesidades elementales.

Finalmente, ante estas dos visiones de estado, y con ello la reestructura de la legislación fiscal en México, queda pendiente otra finalidad del estado, la seguridad pública, que se consagro evidentemente en los inicios del siglo XXI, con los sucesos terribles: en las torres gemelas de NY  –2001–, en la estación de los trenes en Madrid –2002–, en el metro de Londres –2005–, que tuvieron como resultado el incremento de la violencia en el mundo, y por ello, los estados necesitan de otorgar seguridad pública a su población, –que es muy distinto a la seguridad jurídica– es decir, no un estado de bienestar, menos aun un Estado liberal, sino un estado de policía, de seguridad publica, en donde el objetivo principal sea la tutela de la integridad de las personas, su vida, y su patrimonio, más que la seguridad social y seguridad jurídica, es un estado vigilante, (Silva, Sánchez, Jesús María, La expansión del Derecho penal, B de F, Montevideo, 2011) donde se considera que cualquier ciudadano es potencialmente actor de un delito o de un acto atroz, que por ello en un estado de policía se presume que los ciudadanos actúan de mala fe, se les ve como enemigos, y el estado como víctima (Zaffaroni, Eugenio Raúl, El enemigo en el derecho penal Ediar. Buenos Aires. 2009). Entonces en el ámbito tributario, las contribuciones, derechos e impuestos, están destinados a la construcción de centros penitenciarios, servicios de seguridad pública, centros de inteligencia policial, criminología, mayor armamento, etcétera, así, la estructura de la reforma fiscal sería, entre otras, mantener el Impuesto sobre Depósitos en Efectivo, incrementar las medidas de fiscalización a los contribuyentes, centralizar el pago de contribuciones, incrementar las sanciones y delitos fiscales, establecer una serie infinita de instituciones policiales para perseguir tanto los delitos comunes, como los actuales delitos artificiales, es decir los que se han acogido con la finalidad de justificar que se esta trabajando en abatir la delincuencia que no existiría sino se legislaran conductas simples como delitos. Por ello es evidente que no basta con hacer mención de una reforma hacendaria para el próximo sexenio, primero se debe replantear el fin del Estado mexicano, pues es evidente que existen tres vertientes muy claras; seguridad social, seguridad jurídica o seguridad pública, para no perder un sexenio más en cambios tributarios para no cambiar, reformas para no avanzar, como ha sucedido en los últimos 25 años en México, sin embargo ¿estará enterada la próxima administración de esta necesidad?

Share
La Jornada
Nacional Michoacan
Aguascalientes Guerrero
San Luis Veracruz
Jalisco Morelos
Zacatecas  
Tematicas
Defraudados Izquierda
AMLO Precandidatos 2012
Servicios Generales
Publicidad
Contacto
© Derechos Reservados, 2013. Sierra Nevada Comunicaciones S.A. de C.V.