Jueves, abril 25, 2024

Gran amenaza social, la iniciativa de Ley General de Aguas: Alejandra Meza Velarde

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La doctora Alejandra Meza Velarde manifestó su preocupación y la del mundo académico y de participación social por la posible aprobación fast–track de la Ley General de Aguas, de espalda a la sociedad, y cuyos postulados son, a decir de la experta, contrarios al Artículo IV Constitucional y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos.

Meza Velarde, experta en estudios sociales del agua y coautora del libro Apropiación de agua, medio ambiente y obesidad, que será presentado el martes próximo en la Facultad de Economía de la Universidad Autónoma de Puebla, declaró a este informativo que la iniciativa violenta la Constitución y el derecho internacional.

“Estamos en presencia de un retroceso del derecho humano al agua y su saneamiento, que el país ha firmado y ratificado a nivel internacional, que está incorporado a la Constitución Mexicana y fortalece un modelo de gestión del agua insustentable económica, social y ambientalmente. A todas luces promueve la privatización del agua, haciendo prevalecer el bien económico por encima del bien cultural y social”, abundó.

La iniciativa ha sido aprobada en comisiones de la Cámara de Diputados por los legisladores Kamel Athié Flores y José Antonio Rojo García de Alba, del PRI; Sergio Augusto Chan Lugo, del PAN, y Gerardo Gaudiano Rovirosa, del PRD. Se estima que el martes próximo se apruebe en el pleno del Legislativo, a pesar de la fuerte reacción que el proceso de su aprobación ha generado en todo el país.

La iniciativa, estima la doctora Meza, establece la apertura total a la empresa privada para que  inviertan en los sistemas de aguas en el país mediante concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de zonas federales y demás bienes públicos inherentes, según lo establece el artículo 88 fracción tercera del proyecto presidencial.

Y agrega la preocupación de que la propuesta de concesión para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales tendría una vigencia mínima de cinco años y máxima de 30 años, según estipula el artículo 94. Este tiempo podrá ser prorrogable hasta por otros 30 años, “lo que refleja el interés por cerrar la intervención social en el manejo del líquido”.

Está claro, en opinión de la investigadora, que la nueva legislación, de ser aprobada tal como está, potenciará la desigualdad social en el acceso al agua por el aumento de tarifas (“autosuficiencia” para que con las tarifas se pueda recuperar la inversión), compromete la disponibilidad para el funcionamiento e integridad de los ecosistemas al facilitar la construcción de represas, obras para la minería, el fracking y otras similares y compromete seriamente el recurso para uso humano en el presente y las generaciones futuras.

En cuanto a los daños previsibles a la sociedad y al medio ambiente, la doctora en Desarrollo Rural por la UAM Xochimilco desmenuzó el contenido del artículo octavo de esta iniciativa, referente a la enajenación de terrenos por causa de “utilidad pública”, describiendo que esta disposición se podría aplicar cuando las empresas y el gobierno autoricen trasvases de una cuenca a otra con la consecuente afectación a los actuales usuarios o por efecto de los desplazamientos forzosos de pueblos y comunidades, como ha ocurrido en buena parte de la historia de la construcción de presas y obras asociadas en el mundo.

Podría emplearse también en el uso de aguas nacionales para generar energía eléctrica, como en caso que hoy afecta a la Sierra Norte poblana y otras regiones del país. Lo mismo para la adquisición o aprovechamiento de bienes inmuebles para construcción, operación, mantenimiento, conservación, rehabilitación, mejoramiento o desarrollo de las obras públicas hidráulicas y servicios respectivos, y adquisición y aprovechamiento de instalaciones, inmuebles y vías de comunicación que las obras requieren.

La legislación, agregó, “podría afectar de forma directa a los derechos de los pueblos indígenas y comunidades equiparables”.

Estas disposiciones amplían  los márgenes para poder contaminar el agua debido a la mayor permisividad hacia las actividades y empresas beneficiadas. En lugar de señalar que la contaminación supone agregar cualquier substancia física, química, biológica u otra que genere un efecto negativo en el ser humano o la naturaleza, remite un listado limitado de contaminantes y no permite el monitoreo social o académico para conocer los niveles de diversas afectaciones.

Un aspecto muy grave que es señalado por autora de más de media docena de estudios sobre el tema es que la pretensión legislativa tratará de prohibir, restringir, condicionar y sancionar los estudios académicos y sociales de investigación y monitoreo. La academia y la sociedad civil estarían restringidas para realizar estudios sobre el agua en general (calidad, disponibilidad, aguas subterráneas).

La propuesta de ley, en su artículo 267 fracción XXVI, establece como una “falta grave” realizar estudios sin el permiso de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), y faculta a esta dependencia a sancionar hasta con 50 mil días de salario mínimo a todo aquel que realice estudios, monitoreo y remediación de las aguas sin contar con un permiso expedido por ellos. Esto implica que ningún universitario o persona podrá generar conocimiento alternativo ni verificar la situación de sus fuentes de aprovisionamiento y distribución si no cuenta con el consentimiento oficial. “Esto es atentatorio contra la libertad de investigación, la producción de conocimientos y el derecho a la información”, remató.

La iniciativa ha generado una reacción de gran envergadura en todo el país ante la amenaza que supone para las comunidades, los pueblos y hasta para la actividad académica y científica.

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