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Lunes, 13 de junio de 2011
La Jornada de Oriente - Puebla - Política
 
 

Gobernador de 18 meses sólo favorece al proyecto de Moreno Valle: Amador Leal

 
MÓNICA CAMACHO

La reforma electoral que prepara el gobierno del estado favorece al proyecto político del mandatario local Rafael Moreno Valle Rosas al empatar las elecciones locales con las presidenciales de 2018, acusó el presidente de la Fundación Isidro Favela, Alberto Amador Leal.

En ese sentido, convocó a los diputados locales impedir una reforma a modo que además calificó de inconstitucional, según resoluciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En rueda de prensa, el ex diputado federal del PRI reconoció que las aspiraciones presidenciales de Moreno Valle son legítimas, pero señaló que la reforma electoral no puede fundamentarse en intereses particulares.

“El acuerdo tendría que trascender los límites de lo electoral o de las alianzas políticas entre élites, para construir un verdadero pacto social. De otra forma, los cambios constitucionales y legales ad hoc, carecerían de contenido y de sustento social”, argumentó.

Además, cuestionó la urgencia del mandatario local por que la reforma electoral sea aprobada durante el segundo periodo ordinario de sesiones, que concluye el 29 de julio próximo, pues a su parecer lo más favorable sería esperar la reforma federal que se estudia en la Cámara de Diputados. 

Amador Leal explicó que lo inconstitucional de la propuesta que impulsa el gobierno del estado surge en el momento en que obliga a los ciudadanos a elegir en 2016 a un gobernador de 18 meses y amplía por única vez la duración de las diputaciones y presidencias municipales a cuatro años. Todo para empatar los comicios en 2018.

En 2006 Michoacán y Chiapas intentaron legislar casi en los mismos términos, pero dichas reformas electorales fueron declaradas inconstitucionales por los ministros de la SCJN, refirió.

El máximo tribunal de justicia del país consideró, prosiguió el priista, que la ampliación del mandato de las autoridades locales de representación popular en funciones afecta el derecho de la población a elegirlos al dejar sin efectos el mandato popular.  

En el caso del mandatario local de 18 meses, la SCJN determinó que un “gobernador transitorio” era una figura inconstitucional, porque la Carta Magna del país no la contempla  y mucho menos la regula.  

A la par, calificó de “jurídicamente inviable” que a través de la reforma electoral se faculte al Congreso a designar al “gobernador transitorio”, porque el artículo 116 constitucional señala que el titular del Poder Ejecutivo local sólo podrá cumplir su mandato siempre y cuando provenga de una elección popular y directa. 

“El marco constitucional tiene como fin legitimar y salvaguarda la voluntad popular a través del voto para la designación de los representantes populares”, apuntó. 

Gobernador de 4.5 años

Amador Leal consideró que la propuesta más pertinente para la homologación de las elecciones locales con las federales es la de reducir el periodo del próximo gobernador de seis años a cuatro años y medio; y ajustar el periodo de presidentes municipales y diputados de tres años a uno y medio.

La propuesta de Amador, que coincide con la del Revolucionario Institucional, implicaría que el empate de los comicios se pospondría hasta las elecciones federales intermedias de 2021.

“Más allá del ahorro presupuestal –argumentado por el gobierno del estado–, las implicaciones políticas son evidentes y de enorme trascendencia. Acortar o ampliar los periodos de gobierno alteraría los tiempos de maduración de los proyectos políticos en curso, incluyendo la competencia interna de los partidos y entre los partidos”, concluyó.

 
 
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