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Puebla > Economía
viernes 14 de julio de 2006

La textilera La Libertad se ampara para evitar el pago de indemnización a trabajador

(Ernesto Aroche)

Para evitar el pago de indemnización, salarios caídos y prestaciones a Hilario Garita González, asalariado de la empresa textilera La Libertad que fue despedido sin causa justificada, su propietario, Alejandro Couttolenc, decidió ampararse ante la resolución de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) emitida en días pasado y que resultó favorable al trabajador.

Aunque la medida es legal y está reglamentada en la Ley de Amparo, normalmente es utilizada por las empresas para dilatar el proceso, aburrir al trabajador y desanimarlo, afirmó Jaime Francisco Meza Mujica, director de Asuntos Laborales de la Procuraduría del Ciudadano.

En este momento, informó el también abogado defensor de Garita González, el caso está en manos de los magistrados del Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, y esperamos que a mediados o fines de agosto emitan su resolución, por supuesto la expectativa es que se ratifique el laudo que emitió la JFCA a favor del trabajador.

Y es que la Junta Federal número 33 condenó a la empresa de Couttolenc Villar, presidente del Asociación de Empresarios Textileros de Puebla y Tlaxcala, al pago de la prima de antigŸedad, la indemnización por despido, salarios caídos y otras prestaciones, pues la acusación de despido injustificado se probó en su totalidad.

–¿No es un actitud dilatoria para retrasar el pago? –se le preguntó al jurista

–Es un procedimiento permitido por la ley –respondió–, y la empresa como parte afectada por el laudo de la Junta Federal tiene el derecho de recurrir al juicio de amparo. Pero en este proceso ya no se admitirán más pruebas, los magistrados sólo pueden dictaminar si el laudo fue emitido conforme a derecho o no.

A pesar de que el empresario se ha ostentando en diversas ocasiones como influyente, como aseguraron sus propios trabajadores la tarde del miércoles durante las protestas que realizar por el desconocimiento de la dirigencia sindical por parte de la directiva de la empresa, así como por la falta de pago en el fondo de ahorro y otras prestaciones, esto no puede afectar la resolución que se emita luego del juicio de amparo, pues se trabaja con el mismo material con el que trabajó la JFCA, afirmó el abogado defensor.

Además, dijo, consideramos que las pruebas que se aportaron sustentan la violación a los derechos laborales del trabajador, por eso la Junta Especial número 33 nos dio la razón.

No podemos, sostuvo, establecer una fecha para que el asunto se concluya y el trabajador obtenga el pago de sus derechos, por que la parte patronal está poniendo todos los obstáculos a su alcance para evitar que se termine el proceso; sin embargo, se puede adelantar que si en agosto el tribunal colegiado emite su resolución para septiembre podría llevarse a cabo la ejecución; es decir el pago del adeudo con el asalariado.

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