Viernes, abril 19, 2024

Marco Mena firme como el próximo gobernador

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Marco Antonio Mena Rodríguez fue confirmado como el próximo gobernador de Tlaxcala y con ello, el 1 de enero de 2017, deberá asumir el cargo de titular del Ejecutivo local  en sustitución de Mariano González Zarur, ello luego de que Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó su elección del pasado 5 de junio.

La tarde de este miércoles, los integrantes de la Sala Superior del TEPJF resolvieron los cinco procesos jurisdiccionales electorales que estaban pendientes y  a través de los cuales tanto el Partido de la Revolución Democrática (PRD) como su ahora ex candidata a gobernadora, Lorena Cuéllar Cisneros, buscaban la anulación de la contienda, al determinar que son infundados cada uno de los argumentos esgrimidos en sus recursos.

En respuesta, tanto la propia Cuéllar Cisneros como  el presidente del Comité Ejecutivo Estatal (CEE) del sol azteca, Juan Manuel Cambrón Soria, criticaron el proceder de los magistrados electorales, pero anunciaron –no tenían otra alternativa– que acatarán la resolución, “aunque no la comparto”, dijo la primera.

Los magistrados hicieron suyos los resolutivos emitidos por la magistrada María del Carmen Alanís Figueroa, quien declaró infundados diversos agravios como el presunto rebase del tope de gastos de campaña de Marco Mena, la existencia de violencia de género en contra de Cuéllar Cisneros y errores en los cómputos distritales.

En todos los casos, los magistrados evidenciaron los múltiples errores y hasta el desconocimiento de la norma en la que incurrieron los defensores de la candidata perredista y del propio sol azteca en su intento por anular la elección del primer domingo de junio pasado.

De acuerdo con el toca, la magistrada Alanís Figueroa sostuvo que los diversos agravios formulados por Lorena Cuéllar Cisneros respecto de los cómputos distritales, que buscaban anular el triunfo de Marco Mena, “unos por resultar novedosos y otros por reiterativos, de esta manera se desestima las manifestaciones relacionadas con la omisión de valorar errores en el cómputo de mil 384 actas de cómputo, así como como la falta de respuesta a la solicitud de recuento total de casillas”.

Sobre el recuento que solicitaba la quejosa, los magistrados si bien declararon fundado el agravio, ya que el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) omitió pronunciarse al respecto, pero una vez analizada la situación, “se declara infundado el planteamiento porque el supuesto para pedir el recuento únicamente es aplicable para los cómputos distritales y no para el cómputo estatal como se pretendía” en la impugnación.

De igual forma, respecto de la presunta omisión de analizar la solicitud de nulidad de la votación recibida en las casillas, los magistrados declararon infundado el agravio porque “ese tema debió esgrimirse en cada distrito y no en el cómputo estatal”, con lo que evidenciaron el desconocimiento de quienes presentaron la impugnación.

Durante la sesión del pleno y a unos días de que concluyan su mandato, los magistrados también analizaron los planteamientos sobre la existencia de presuntas irregularidades que afectaron la validez de la  elección, en especial porque el TET no revisó el impacto que tuvieron 21 averiguaciones previas que presentó Cuéllar Cisneros y su equipo por diversos hechos presumiblemente constitutivos de delito.

Sin embargo, al realizar el análisis y estudio de las mismas, resolvieron que “no se acreditaron los hechos irregulares consistentes en la compra y coacción del voto, y coacción a los servidores públicos”.

En cuanto a la queja de una presunta valoración incorrecta de los procedimientos especiales sancionadores vinculados con la elección, los magistrados decidieron declarar ese argumento como inoperante, porque “no se contraviene las razones de la responsable con las que concedió el carácter de indicios”.

Sobre los agravios para controvertir la determinación del TET que no se pronunció respecto de la inconsistencia en el traslado de los paquetes electorales, las presuntas irregularidades en el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) y la violación al derecho a la información, los magistrados declararon infundados estos alegatos, porque “los datos que arroja el PREP carecen de efectos sobre los resultados definitivos sobre la elección y no se señala la forma que existió riesgo en la custodia de los paquetes electorales, y porque la sola omisión de pronunciarse no implica que los representantes de los actores no hayan tenido conocimiento de los resultados”.

En torno al alegato por el supuesto rebase en el tope de gastos de campaña de Marco Mena y que gran parte de la pugna poselectoral en ello lo sustentó Lorena Cuéllar Cisneros, los magistrados resolvieron también declararlo infundado, porque “tal situación no quedó acreditada en los recursos  de apelación presentados en contra del dictamen y las quejas en materia de fiscalización”.

En la misma resolución, de la cual fue ponente la única mujer que integra el pleno de la Sala Superior del TEPJF, los magistrados determinaron que no existió violencia de género, salvo en uno de los múltiples casos aludidos por la ahora ex candidata perredista.

Por ello,los integrantes de la Sala Superior del TEPJF concluyeron: “se declaran infundados los agravios relacionados en los siguientes casos: las notas periodísticas que dan cuenta de una marcha en contra de la violencia contra las mujeres, la alegada guerra sucia a través de perfil difamatorio de facebook, llamadas telefónicas y mensajes de texto, la distribución de panfletos con el logotipo de voto católico y la imagen de la virgen de Guadalupe que llaman a reflexionar el voto”.

Así como de las “manifestaciones formuladas en el segundo debate de los candidatos a la gubernatura de Tlaxcala, la alegada violencia en contra de simpatizantes de Lorena Cuéllar Cisneros, el presunto retiro de espectaculares, la utilización de un conflicto familiar para menoscabar la imagen de ella, la alegada violencia política a través del líder del sindicato 7 de Mayo (Edgar Tlapale Ramírez), el presunto atentado en contra del equipo de seguridad de campaña de la candidata, el condicionamiento de apoyos sociales en contra de mujeres y grupos vulnerables, la difusión, presión e intimidación y represalias en contra de simpatizantes y servidores públicos y la difusión de diversos videos en los que presuntamente constitutivos de violencia de género”.

Empero en ninguno de esos casos, reviraron, “la afectada logró acreditar los hechos y, además, no se encontró algún prejuicio de género o el uso de algún estereotipo que la violente”.

Respecto de la existencia y difusión de un video denominado “Lorena baila al ritmo de la delincuencia”, en los que se hace alusión a ella, los magistrados determinaron que éste “sí podría constituir violencia política de género, por lo que se ordenó dar vista al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) para que inicie un procedimiento administrativo a fin de que investigue y resuelva lo que corresponda.

Pese a ello, los magistrados determinaron que la difusión de dicho video no tuvo un impacto trascendental ni generalizado como para anular la elección, consecuentemente se confirma la sentencia del Tribunal Electoral de Tlaxcala que confirmó los resultados de la elección, la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría a favor de Marco Antonio Mena Rodríguez postulado por la coalición conformada por los partidos PRI–PVEM–Panal–PS.

Por la noche y tras conocer de los resolutivos, Lorena Cuéllar Cisneros lamentó la decisión de los magistrados, quienes “a pesar del fraude, hoy se le da el triunfo a Marco Mena… dieron fin a esta gran lucha, con una gran injusticia, pero sabemos que en México no hay justicia en muchos casos”.

La excandidata agradeció a sus seguidores por haberla apoyada en su lucha porque “defendimos la democracia de Tlaxcala, de la corrupción, de las cosas que nos duelen… hoy se acaba una gran etapa de mi vida” y anunció la cancelación de la marcha a la que había convocado para el próximo domingo.

Por su parte, el presidente estatal del PRD, Manuel Cambrón Soria criticó el fallo de los magistrados, “el cual no compartimos, porque vivimos una elección de Estado”, pero aseguró que el sol azteca será respetuoso de esa determinación, “porque vivimos en un sistema democrático y nos regimos con reglas de juego y el día de hoy se termina la etapa poselectoral y acataremos, aunque no la compartamos, la resolución de las instancias jurisdiccionales y en los próximos días el PRD definirá su postura en torno al gobernador electo, Marco Mena, porque seremos una oposición responsable, crítica y propositiva defendiendo su agenda”, asentó.

Por su parte, el dirigente del PRI, José Luis Ramírez Conde declaró que el resolutivo de la Sala Superior del TEPJF ha ratificado no sólo el triunfo de Marco Mena, “sino con ello se respeta la voluntad de los tlaxcaltecas que depositaron su confianza el pasado 5 de junio”.

A nombre del priismo tlaxcalteca, se congratuló de la actuación de las autoridades electorales por darle contestación puntual a las quejas interpuestas, quedando demostrado la legalidad y transparencia que siempre caracterizó al ahora gobernador electo.

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