(II y última)
El actual gobierno se ha visto obligado a realizar acciones para enfrentar el delito de la trata de personas, lo anterior producto de una realidad de violencia hacia las mujeres y las niñas, de un proceso histórico de denuncia y exigencia ciudadana para que este problema se reconociera y que las autoridades –responsables de proteger, respetar y promover los derechos humanos de todos y todas– actuaran ante este delito.
Estas acciones, evidentemente también son una respuesta directa a evitar que se declare la Alerta de Violencia de Género (AVGM) por violencia sexual y trata para 13 municipios de la entidad, solicitud que se presentó en agosto del año pasado.
En estos últimos meses hemos visto una fuerte campaña mediática que busca mostrar el “compromiso” del gobierno para combatir el delito y aunque parece una buena señal, se han cometido algunos errores.
A continuación compartimos un breve análisis de las acciones hasta hoy implementadas por las autoridades:
A).- Gran parte de lo realizado se ha traducido en capacitaciones, lo cual si bien es importante, cómo se va a garantizar que se van a mejorar las acciones de prevención, atención, investigación y sanción por parte del gobierno.
B).- “El Diagnóstico Trata de Personas en el Estado de Tlaxcala una Mirada Integral”, está basado solamente en información bibliográfica y no corresponde a la magnitud actual del problema.
C).- Las campañas hasta hoy realizadas no muestran todavía elementos que influyan directamente en desalentar la aspiración a ser tratantes y generen conciencia que desde el consumo se contribuye directamente a la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual.
D).- Respecto a la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de los Mismos en el Estado de Tlaxcala –aprobada el mes pasado–, una de sus principales inconsistencias es haber incluido un capítulo sobre las “Bases para la investigación, persecución y sanción de los delitos en materia de trata de personas” y se presenta otro relacionado a “Medidas de Protección y Asistencia a Víctimas, Ofendidos y Testigos”, lo cual no es adecuado ya que como lo estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) –sentencia publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 14/09/2016–, “el Congreso local no puede emitir normas sobre la regulación de la investigación, persecución y sanción de los delitos en materia de trata de personas… no puede legislar para establecer cuáles son los principios que se deben atender para la protección y asistencia a las víctimas, víctimas indirectas y testigos…”; máxime cuando es una reproducción casi literal de los que prevé la Ley General.
E).- En cuanto al trabajo con los municipios, se hace necesario conocer de manera detallada el contenido del acuerdo realizado entre el gobierno estatal y las autoridades municipales, así como los recursos económicos destinados para tales acciones; en pocas palabras, habrá que ver si no es solamente un trámite para evadir la AVGM.
No está mal que se conmemore el Día Mundial contra la Trata, se enciendan luces azules y se hagan caminatas en los municipios, pero es obvio que en una semana todo ello no es suficiente para cambiar la realidad; las autoridades estatales y municipales deberán hacer un mayor esfuerzo hasta lograr una verdadera prevención, atención a víctimas y sanción a redes de tratantes, pues estos serán sus verdaderos indicadores de evaluación.
En conclusión, dado el actual contexto, no bastarán los espectáculos temáticos y mediáticos fugaces, se requieren acciones eficaces. Si el gobierno se queda en acciones que no cambian la realidad, entonces hay una simulación y continuidad del problema.