Miércoles, abril 24, 2024

Exonera el TEPJF a Moreno Valle y a Gali de acusaciones de promoción adelantada

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La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la denuncia por actos anticipados de campaña contra el gobernador Rafael Moreno Valle Rosas y el actual candidato electo a presidente municipal de Puebla, Antonio Gali Fayad, que presentó en su contra la coalición Cinco de Mayo (PRI–PVEM).

El proyecto, que elaboró la magistrada presidente de ese órgano jurisdiccional, Janime Otálora Malassis, lo aprobó el pleno de la sala por unanimidad de votos, tras concluir que el frente electoral inconforme no acreditó la irregularidad señalada.

La denuncia se fundamentó en los anuncios espectaculares y de parabuses firmados por la revista Líder, que promovieron la imagen del mandatario local y de Antonio Gali antes del inicio de la campaña pasada, cuando el candidato electo de la coalición Puebla Unida (PAN–PRD–Panal–Compromiso por Puebla) fungía aún como secretario de Infraestructura del estado.

La Sala Regional del Distrito Federal inició la sesión de ayer con el proyecto de resolución que elaboró Janime Otálora sobre el juicio de revisión constitucional que la coalición Cinco de Mayo presentó contra la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), la cual desechó la denuncia contra Moreno Valle y Gali Fayad, resolución que también emitió el Instituto Electoral del Estado (IEE) en primera instancia.

La magistrada presidente argumentó que el frente PRI–PVEM no pudo demostrar si los 153 anuncios que contabilizó en la ciudad de Puebla y la zona conurbada “existieron después del 25 de febrero o si fueron colocados con mucha anterioridad a dicha fecha”, de lo cual dependía la posibilidad de clasificarlos como actos anticipados de campaña.

Aunque reconoció que la coalición Cinco de Mayo certificó la presencia de la publicidad a través de un instrumento notarial, dijo que existió disparidad en las fechas porque el recorrido para identificar los anuncios se realizó el 25 de febrero, pero los representantes del tricolor y el verde ecologista acudieron con el notario para dar fe de la visita hasta el 12 de abril.

Por esa razón, argumentó, el tribunal ya no estudió el fondo de la denuncia; es decir, ya no verificó si los espectaculares y anuncios en parabuses se distribuyeron como “propaganda” para poder promover la imagen del entonces aspirante a edil capitalino, debido a lo cual el TEPJF decidió ratificar la sentencia del TEEP y el IEE.

El proyecto se aprobó en menos de cinco minutos con el aval de los magistrados Armando Ismael Maitret Hernández y Héctor Romero Bolaños, quienes no emitieron ningún comentario sobre la sentencia.

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