Miércoles, abril 24, 2024

El TEEP manipuló la elección de Atlixco para ratificar al PAN en la alcaldía: TEPJF

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El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) manipuló las cifras de la elección del municipio de Atlixco para poder ratificar a la coalición “Por Puebla al Frente” como ganadora de los comicios y negar el recuento de votos solicitado por la alianza “Juntos Haremos Historia”, conformada por Morena–PT–PES.

Lo anterior se desprende del análisis que realizó la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con sede en la Ciudad de México, la cual revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla al calificarla de “incorrecta” y ordenó la verificación de los sufragios.

Este lunes se abrirán los paquetes electorales de 103 de las 170 casillas que fueron instaladas el pasado 1 de julio pasado en ese municipio próximo a la capital poblana.

El recuento obedece a que la diferencia entre Guillermo Velázquez Gutiérrez de “Por Puebla al Frente” y Juan Antonio Villarroel García de “Juntos Haremos Historia” fue de 0.4 por ciento de la votación, por lo que se actualizó la causal de apertura del 100 por ciento de los paquetes, con excepción de los 67 que abrió el Consejo Municipal del Instituto Electoral del Estado (IEE) en el cómputo de julio pasado.

La maniobra del TEEP

Con el voto unánime de los magistrados Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo, Fernando Chevalier Ruanova y Gerardo Saravia Rivera, el TEEP negó el recuento de votos en sesión del 19 de septiembre pasado al concluir que la diferencia entre el primer y segundo lugar de la votación fue de 1.11 por ciento, cuando la ley establece que esta debe ser inferior a 1 por ciento para que procede la verificación.

El PT llevó el caso a la Sala Regional a través de un juicio de revisión constitucional, gracias al cual el TEPJF identificó un cálculo erróneo por parte del órgano jurisdiccional de Puebla.

En vez de calcular la diferencia entre Guillermo Velázquez y Juan Antonio Villarroel con base en la votación total que recibió la elección de presidente municipal de Atlixco, “de forma indebida tomó como base la votación obtenida por el partido que obtuvo el primer lugar”, expuso el tribunal federal.

El TEPJF agregó que existían indicios para el recuento total desde el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) y se corroboró en el cómputo municipal del Instituto Electoral del Estado (IEE).

El máximo órgano jurisdiccional del país explicó que esa causal de recuento se incorporó a la ley para que el segundo lugar tenga mayor certeza de los resultados, ya que podría “beneficiarse de que ese margen se reduzca o, inclusive, se revierta”.

Asimismo, la Sala Regional señaló que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla desestimó las pruebas que presentó el Partido del Trabajo de que solicitó el recuento al Consejo Municipal del IEE, por el simple hecho de que la petición se llevó a cabo un día antes del cómputo, es decir el 3 de julio, en vez de hacerlo en el inicio del mismo.

El TEPJF tachó la interpretación del tribunal local de “restrictiva” y ordenó el recuento, el cual se llevará a cabo en las bodegas del IEE en donde se encuentra la paquetería electoral.

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