Logo de La Jornada de Oriente
Cargando...

Las pruebas

Por: Samuel Porras Rugerio

2012-09-19 04:00:00

 

Los argumentos transpiraron más aversión que análisis. Los magistrados dijeron su última palabra sobre la elección presidencial basándose en un acto arbitrario: dejar  fuera de cualquier consideración jurídica los resultados de las investigaciones practicadas por la Unidad de Fiscalización del Instituto Federal Electoral (IFE) sobre presuntas irregularidades o conductas delictivas cometidas por integrantes de la coalición Compromiso por México en la obtención de recursos económicos de origen privado que habrían sido utilizados para  coaccionar la voluntad de los votantes. Con esta premisa como punto de partida para dictar la sentencia, lo demás cayó por lógica propia sin abandonar la arbitrariedad: arrojar la carga de la prueba para demostrar sus afirmaciones a los propios impugnadores.

Dijo Pedro Penagos: “el aportante tiene la carga de señalar concretamente lo que pretende acreditar, identificando a personas, lugares; es decir, una descripción detallada de lo que se aprecia en la prueba técnica a fin de que el tribunal esté en condiciones de vincular la citada prueba con los hechos por acreditar en el juicio”. Si esta afirmación tuviera un ápice de verdad, toda la institucionalidad estatal cuya función sea la de investigar ilicitudes o francas conductas delictivas, tendría que ser suprimida al carecer de todo sentido su existencia si, a fin de cuentas, a los particulares se les puede arrojar la obligación de que prueben los hechos en que basen una denuncia.

El magistrado Salvador Nava, ufano, decía: “los planteamientos de estos agravios, bajo la técnica jurídica más estricta, procesalmente hablando, como lo dije en un principio, podrían calificarse de inoperantes porque suelen ser vagos, generales o imprecisos”. Sin duda un raro sentido denotativo sobre el concepto jurídico de inoperancia. ¿Qué diría el señor magistrado si supiera que en las facultades de derecho aún se conserva el formato de caracterizar a las normas jurídicas como: generales, abstractas e impersonales? Igual y también por ello las califica de inoperantes.  

En ningún ámbito del derecho jurídicamente caracterizado como de orden público y de observancia general –y el derecho político así está considerado–, se estipula la privacidad de la carga probatoria. Se abrirían las puertas de la justicia por propia mano y la barbarie. Y, sin embargo, en este caso los magistrados la impusieron.

¿En cuál de los sistemas probatorios admitidos por el orden jurídico mexicano –tasado, de libre apreciación o mixto– pueden tener cabida las expresiones con las cuales los magistrados se refirieron a las pruebas aportadas por el Movimiento Progresista: desde “las posturas meramente subjetivas y dogmáticas pues son categorías generales carentes de sustento para convertirse en un elemento probatorio” a las que aludió  Salvador Nava; el retruécano –“Las pruebas no hacen prueba”– de Flavio Galván; “son pruebas secundarias, periféricas, sin relación con la demanda” en caracterización de Pedro Penagos; o, la descalificación abierta –“partieron de premisas equivocadas”– en que coincidieron Alejandro Luna y María del Carmen Alanís? Pareciera que el positivismo jurídico les resultó insuficiente como esquema valorativo y filosófico, razón por la que decidieron crear uno nuevo: el peyorativismo jurídico.

Luego, la conclusión vino fácil: “no está acreditado que haya habido coacción. No hay compra, coacción o inducción ilícita demostrada” según la apreciación del magistrado Galván; o, la de Carrasco, quien dijo: “la valoración de pruebas impone, sin duda, juzgar este asunto a partir de los hechos denunciados y de las pruebas. Con el acervo probatorio que nosotros contamos y con una valoración que no deja de reconocer, no es posible coincidir con la coalición”; para luego, como grupo de una sola idea, en forma unánime y sin discusión, determinar el desechamiento de los argumentos y pruebas propuestos por la coalición opositora en su reclamo de invalidar la elección presidencial.

El proceder de los magistrados al resolver esta impugnación, cuestiona el fundamento básico en que se sostiene el Estado de derecho y lo distorsiona: que manden las leyes y no los hombres. Pasando por encima de su encomienda institucional como tribunal, tomaron tres decisiones que no tienen sustento jurídico: a) juzgar sólo legalidad y no constitucionalidad; b) no analizar los resultados de investigación sobre mecanismos de obtención de dineros privados que pudieren haber implicado coacción del sentido del voto como condición previa para calificar su libertad y autenticidad; y, aplicar fórmulas de derecho privado en asuntos de orden público al fijar la carga de la prueba sobre irregularidades o incidencias delictivas en la elección.

Con ello se distingue el significado real y ambivalente de la legalidad. Hablar de legalidad en abstracto, implica sólo referirse al contenido de la legislación; en cambio, la legalidad concreta, implica el juicio específico que los órganos del Estado, en este caso el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), hacen de los hechos y de las normas para fijar el sentido efectivo de su decisión (la sentencia) que, por lo dicho, ha sido configurada fuera de todo el marco normativo constitucional aplicable y, sin embargo, por voluntad de los hombres que no de la ley, adquiere obligatoriedad respaldada por la fuerza del Estado. La legalidad concreta, como se ve, no necesariamente se basa en el respeto de la autoridad al principio de legalidad.

Esta legalidad caracteriza a un régimen político específico en el cual la ley es convertida en un simple marco de referencia al que se sujeta a los gobernados pero sobre el cual, la autoridad, se permite la posibilidad de cumplirlo o no, dependiendo de las circunstancias específicas en que sea necesaria su aplicación. El derecho, es convertido así, en expresión de voluntad de la clase socialmente dominante. El problema que venimos advirtiendo es que éste tipo de legalidad fue la forma elegida para gobernar por los regímenes fascistas en el mundo. Y, de verdad, los mexicanos no queremos transitar por ese camino. 

Share
La Jornada
Nacional Michoacan
Aguascalientes Guerrero
San Luis Veracruz
Jalisco Morelos
Zacatecas  
Tematicas
Defraudados Izquierda
AMLO Precandidatos 2012
Servicios Generales
Publicidad
Contacto
© Derechos Reservados, 2013. Sierra Nevada Comunicaciones S.A. de C.V.