2012-01-27 04:00:00
La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó ayer que admitió la acción de inconstitucionalidad contra los artículos 73 y 716 de la Ley de Ingresos de Puebla, tramitada por la Procuraduría General de la República (PGR) a solicitud del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
Es loable que el máximo tribunal del país haya aceptado intervenir en un caso que, como en otros tantos durante el presente sexenio, se advirtió a las autoridades, mismas que no hicieron caso de las violaciones al artículo Sexto Constitucional.
Todo apunta a que el cobro de 80 pesos por copia certificada de la normativa en comento no fue un error o un mal entendido de parte del Poder Ejecutivo local –y concretamente de la Secretaría de Finanzas–, que así mandó la iniciativa al Congreso local, ni de los diputados que la aprobaron por unanimidad, sino una acción deliberada para evitar proporcionar la información que por ley debe ser accesible a cualquier persona sin pago alguno.
Ojalá la Suprema Corte de Justicia de la Nación haga una defensa exhaustiva del artículo Sexto Constitucional, para que le quede claro a los gobiernos de cualquier signo político y nivel de autoridad que el acceso a la información pública no es una gracia concedida o no, según su voluntad, sino una obligación de su parte, pues la materia que trabajan es de interés general, y no un patrimonio particular que se puede manejar o vedar a su antojo durante un periodo sexenal.
Por otro lado, esta experiencia también debe servir como ejemplo a la clase en el poder de Puebla, a fin de que escuchen y atiendan las advertencias que desde la sociedad civil y los grupos de expertos se le hacen constantemente.