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Lo que el verano nos dejó, muerte e impunidad

Por: Emilio Muñoz Berruecos

2012-08-15 04:00:00

El 23 de julio pasado en la comunidad de Sanctórum de Lázaro Cárdenas perdió la vida Dulce Marahy Castillo García, de tan sólo cinco años y medio de edad, en el curso de verano impartido por el DIF municipal. La pérdida de la vida de esta pequeña nos coloca frente a un cuestionamiento profundo de lo que significa cumplir y hacer cumplir el principio de “interés superior de la niñez” al momento de diseñar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar programas públicos dirigidos a la infancia.

Si bien este interés ha sido fundamental para ir reconociendo progresivamente a los niños como sujetos de derecho, es también una consideración primordial que obliga a las autoridades a respetar, promover y proteger los derechos de las niñas y los niños antes de actuar en el ejercicio de sus atribuciones.

¿Las políticas públicas para la infancia en México cumplen con el principio de interés superior? Este caso revela el profundo riesgo en que niños y niñas se encuentran al acudir a espacios que no garantizan la plena satisfacción de sus derechos, como el derecho a la vida, y en donde la falta de reglas claras para convocar e impartir estos cursos, así como las condiciones de inseguridad y la nula profesionalización y competencia del personal a cargo –sin procedimiento de evaluación oportuna– favorecen el abandono de las niñas y los niños a su destino y circunstancias.

Entre las omisiones se encuentran que algunas clases del curso de verano son impartidas por personas menores de edad y la improvisación en el desarrollo de deportes considerados extremos. La madre de la menor relata que al momento de preparar la tirolesa, uno de los puntos de sujeción era una antena colocada en el techo, la cual no soportó el peso de quien la probara, siendo un adulto que quedó incapacitado; juegos infantiles en mal estado; continuas ausencias de la directora del DIF municipal, al tiempo que su secretario era también el profesor de danza del curso de verano, lo que en definitiva disminuyó sustancialmente las medidas de atención y protección que la condición de los menores requiere; finalmente la existencia en el área de juegos de tubos de concreto, canchas de fútbol y de básquetbol inhabilitadas; además de dos máquinas para hacer tortillas mal colocadas, una de las cuales cayó sobre el cuerpo de Dulce Marahy, dejándola sin vida.

Con esta arbitraria realidad conviven las omisiones por parte de las autoridades que tienen a su cargo investigar los hechos. Lo que observamos es que la justicia no alcanza a ser pronta. Han transcurriendo más de 20 días y la Policía Ministerial no ha rendido su informe, lo cual ha impedido, en principio, conocer la verdad de los hechos y, en consecuencia, acceder a la justicia. Grave también es que el Ministerio Público no haya tomado medidas de aseguramiento a fin de resguardar las instalaciones del DIF, así como todas las pruebas existentes, lo que con el tiempo ha llevado a que sean modificados o sustraídos elementos diversos, fundamentales para determinar responsabilidades. El día de los hechos, la segunda máquina de tortillas fue acostada por personal del ayuntamiento; también han ido limpiando el lugar hasta sustraer de las instalaciones del DIF municipal las dos máquinas de tortillas.

Este hecho no puede quedar impune; no sólo porque ha cobrado una vida, sino porque muestra cómo un programa institucional para la infancia es parte de una política pública carente de regulación especial, espacios adecuados y personal especializado en atención a la niñez.

El caso expresa claras violaciones a los derechos humanos, por poner algunos: derecho a la vida, derechos de la niñez, derecho a que el Estado procure la protección y realización de los derechos humanos, derecho a denunciar políticas y acciones gubernamentales en relación con violaciones de los derechos fundamentales, así como a ser atendida la denuncia por autoridad competente, sin demora indebida; derecho a la justicia, la legalidad y al debido proceso. Así debe ser investigado hasta dar con las autoridades responsables. Además, siendo un programa de carácter público, también deberá definirse si es parte de una política pública de alcance estatal.

Es urgente que los servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del Estado cumplan con su función indagatoria para esclarecer los hechos que constituyan los diversos delitos denunciados y garantizar el acceso a la justicia pronta y expedita. Lo sucedido es en sí mismo un llamado de atención para supervisar el funcionamiento de todos los DIF municipales y restituir el interés superior de la niñez en la actuación gubernamental. Ninguna omisión o aplicación de política pública arbitraria, puede provocar otra desagracia como la narrada, hechos que sin duda son de imposible reparación.

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