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Burocratismo: contribución a la reforma laboral

Por: José Samuel Porras Rugerio

2012-11-27 04:00:00

 

“Modernización de la Ley Federal del Trabajo” es el eufemismo con el que se cobijaron los motivos de presentación de la iniciativa laboral. Ahora diputados y senadores la han aprobado y los trabajadores sólo esperan el contundente golpe de su promulgación; es decir, su puesta en vigor. Para la elite que dirige los destinos político–económicos de México, no es suficiente la experiencia dejada por la “modernización” de las leyes de trabajo en países del cono sur de América; por lo que se ve, tampoco lo que ocurre en los países europeos que han recurrido a tal medida, hoy presos de la convulsión social. Es esa elite la que desea dirigir al país a una aventura similar, sólo por privilegiar sus intereses económicos, alejándose de una sana razón política.

Modernización es sinónimo de actualización. Deriva hacia el adjetivo “moderno”, una de cuyas acepciones es: “que sigue el gusto que domina en dicha época”. Quizá tal definición sea la que mejor refleje las aviesas intenciones de la actual clase dominante. Por tanto ¿modernización significaría actualización de ¡toda! la ley laboral? No. Sólo lo que “el gusto que domina” cree conveniente para mantener su dominio social y sus intereses económicos, cuyo conjunto marca nuestro “moderno” régimen político. Una institución –ya podemos calificarla así–, creada al calor de las manifiestas inconformidades del pueblo mexicano con los gobiernos que se le han venido imponiendo durante años es el burocratismo.

Burocratismo es un término despectivo acuñado para hacer referencia a la existencia de toda una serie de lentitudes e ineficiencias en los trámites que los particulares se ven orillados a efectuar en dependencias del Estado. Tiene tantas caras cuantas sean las posibilidades de acción estatal. En el ámbito de la administración de justicia laboral, su traducción esencial equivale a denegación de ella. Tras él, invariablemente se encuentra la mano del poder. Mediante su uso puede favorecerse o castigarse, según las proyecciones y preferencias políticas de quienes conducen el aparato estatal. Sus efectos sociales, por consecuencia, son altamente perniciosos.

El burocratismo está presente, hasta la médula, en todos y cada uno de los tribunales laborales del país, sin excepción, precisamente por ser expresión de una política de Estado. El mecanismo básico de impulso al burocratismo, en general, es de orden presupuestario, pero también puede fomentarse legislativamente imponiendo más trámites de los que aconsejaría una meridiana razón administrativa. En la asignación y ejercicio de un presupuesto puede advertirse claramente qué tipo de acción estatal se favorece y cual no. Ya en situaciones de interés específico, la “línea” o “consigna” funcionan para aminorar o empujar los ritmos de los procedimientos en la oficina pública.

¿Qué papel está desempeñando el burocratismo en la consecución de la “reforma” laboral? Para que hoy estemos hablando de que el Congreso General ha aprobado una regresión brutal en los derechos de los trabajadores, sin que de parte de estos se dé, todavía, una respuesta contundente de rechazo; necesariamente hace pensar que existen razones para ello. Trabajos de preparación, por años, puestos en marcha para lograr un objetivo: reducir al mínimo posible el costo de la mano de obra de los trabajadores mexicanos, tratando de conjurar su respuesta social. El instrumento será la “nueva” Ley Federal del Trabajo mediante la que, quienes controlan al Estado, ponen precio al trabajo, mutilando los derechos que se generan con él.

La introducción social de aceptación en la baja de los salarios para los trabajadores en general, es decir, como clase social, proviene de distintos mecanismos de Estado impulsados, por los gobernantes en turno, de manera secuencial y concatenada con las acciones que, en el mismo sentido, desempeñan los poderes fácticos, o factores reales de poder como les llamó Ferdinand Lasalle. Podemos considerar cuatro mecanismos  fundamentales: a) el tránsito de la negociación colectiva a la “concertación social”; b) uso de las atribuciones del Ejecutivo en materia económica; c) el burocratismo; y, d) ideologización discursiva.

El tránsito de la negociación colectiva a la concertación social, estuvo representado por una acción de Estado: la suplantación de las tareas sindicales básicas, motivada por requerimientos de índole comercial entre países, derivados de aquello que para México, desde la década de los 70, comenzaba a mostrar los efectos económicos que hoy se nos presentan con toda crudeza: la introducción de nuevas tecnologías que implicaban la automatización de los procesos productivos, con su cauda de mayor productividad con menor necesidad de mano de obra. Fue el periodo denominado de: “reconversión industrial”.

Sus efectos fueron diferentes para países centrales y periféricos: los primeros, como impulsores de los avances tecnológicos, generaron una sobreproducción de mercancías que reclamaba salida fuera de su propio mercado ya saturado; la necesidad de apertura de fronteras de otros países, devino lógica. Para los periféricos, implicó en principio convertirse en talleres de armado, vía industria de la maquila; y luego en clientes obligados de la compra de tales tecnologías para estar en aptitud de competir, no sólo por los mercados internacionales, sino por el propio. El gran empresariado ponía en marcha una sustitución en el esquema económico industrial: reducir costos laborales, por adquisición de nuevas tecnologías para incrementar la productividad. La captura del Estado resultaba esencial para el logro de tales objetivos.

Para reducir costos laborales había un ligero problema: la casi nueva Ley Federal del Trabajo de 1970, con sus reformas procesales de 1980 estableció, como principio rector,  la irrenunciabilidad de derechos de los trabajadores. Se ideó, entonces, la fórmula de la “concertación social” basada en la obtención del “consentimiento” de los trabajadores para suplantar la labor que la ley encomienda  a los sindicatos en la negociación colectiva de los salarios y, así, dar paso a la concertación social entre los factores de la producción; es decir, mediante la utilización tramposa de la representación sindical oficial, el gobierno mexicano pudo imponer la abdicación de los sindicatos para abanderar directamente los reclamos salariales frente al empresariado, sustituyendo tal acción por lo que se conoció como la fijación de “topes salariales” a finales de los 80. Surgieron así aquellos pactos: de Solidaridad Económica, en 1987; para la Estabilidad y Crecimiento Económico, en 1988; en los que el salario fue colocado como factor del aumento de precios. Se dijo que para contener la inflación era necesario contener los salarios.          

Cuando las posibilidades políticas de esos pactos para el control de los salarios nacionales, como variable económica, se agotaron, se recurrió a la invocación de las atribuciones del Ejecutivo en materia económica. Aquí nos referimos, en exclusiva, a aquella cuya función primordial ha sido la sujeción o contención de los salarios –mínimos y contractuales–, para ajuste del programa y modelo económico vigente,  que se ha venido haciendo a través de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (organismo desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social); mecanismo gracias al cual, el salario mínimo perdió, por la vía autoritaria de los hechos, su significación y alcance constitucional (ver artículo 123, fracción VI), sin que contra tal incumplimiento y violación del precepto, haya prosperado inconformidad alguna. Así, la negociación colectiva terminó por perder su sentido intrínseco, pues, aunque los sindicatos siguieran los procedimientos preparatorios de huelga en términos de ley, la “conciliación” estatal imponía la sujeción a los límites salariales previamente fijados por el Ejecutivo. La huelga, como derecho, ha venido desapareciendo de facto aunque se conserve su reglamentación en la ley.

El burocratismo es, ante todo, una decisión política y en política, la forma es fondo. Tiene su origen en restricciones presupuestales al sector laboral, ordenadas por el Poder Ejecutivo. No se modifica la ley laboral ni la de egresos, sólo se reducen montos de partidas presupuestales para un sector o dependencia. Sus características visibles son: poco personal, bajos salarios y los asuntos por atender en constante aumento. Los efectos administrativos caen por su peso. De reciente manufactura, en los tribunales laborales asentados en Puebla se aprecia, adicionalmente, un hecho curioso: la contratación de personal con preparación académica pero sin experiencia en la administración e impartición de justicia laboral. Quizá pueda sonar raro, pero no lo es, decir que ahora se contrata personal, no para abatir los rezagos, sino para incrementarlos y hacer perder eficacia a las disposiciones de la actual ley; el factor inexperiencia juega papel preponderante en la ineficiencia laboral que, a cambio, encuentra refugio en la obediencia a la orden superior. No saber, para obedecer.

El impacto directo de tal situación recae en los tiempos procesales de tramitación de los juicios, lo que orilla a sustituir los plazos legales por los de agenda.  La concurrencia permanente de alargamiento de tiempos de trámite y bajos salarios asignados al personal que trabaja en esas dependencias, es una combinación que hace explotar el ámbito subjetivo esencia de la impartición de justicia: la imparcialidad. La corrupción que toma su lugar –por consigna o por dinero–, habita en todos los rincones, siempre con sus muy dignas y honrosas excepciones. Fruto podrido de ello es que, socialmente, sea posible percibir un fenómeno que sólo se atribuía a la delincuencia organizada: una especie de venta de protección patronal que ocasiona, por contrapartida, altos índices de evasión de responsabilidad laboral frente a los trabajadores.

A pesar de todo ello, estos mecanismos han prestado, y prestan, una enorme contribución tanto para favorecer el escamoteo de los derechos laborales,  como al intento de justificar los términos en los que ha sido aprobado el proyecto desregulador, apoyándose en la ideologización discursiva. Los trabajadores han perdido de vista una cuestión elemental: no es lo mismo aplicar la ley que obedecerla, ni tampoco es igual aplicarla al individuo común que al que goza, por razones políticas o económicas, de algún privilegio o poder. La ideología dominante evoca “el estado de derecho” para hacer creer que todos, incluso los hombres del poder, obedecen los dictados de la ley. La impunidad de que gozan todos ellos, a pesar de sus múltiples trapacerías en el ejercicio del poder, demuestra la falacia de tal figura ideológica que se basa en la fetichización de la ley; es decir, en hacer  creer que es la ley la que obliga a los hombres del poder y no que, éstos, ejercen el poder usando la ley y “su” interpretación jurídica.

Se induce a los trabajadores a pensar que la corrupción (lentitud, parcialidad, ineficiencias y corruptelas) con la que son manejados los asuntos de justicia laboral obedece a ineficacias de la ley vigente. Aceptan, de entrada, la idea de una “nueva” ley, de su cambio y modernización, que se les repite todos los días, a todas horas y por todos los medios. Tal vez ello explique la semiparálisis, apatía o desinterés con que los trabajadores mexicanos están reaccionando frente a este duro golpe. Su conciencia social como clase está adormecida y no están mirando que, en realidad, la próxima “nueva” Ley Federal del Trabajo representa  una forma específica de política laboral diseñada a propósito por los gobernantes para favorecer al gran empresariado, a costa de ir arrinconando paulatinamente sus derechos como trabajadores. Se promociona como bondad de la reforma que “Fortalece la procuración e impartición de justicia laboral”; como se puede apreciar eso no se logrará mediante las modificaciones procesales propuestas, que contribuirán más a su entorpecimiento; sino, por vía de las nuevas formas de contratación laboral, limitación de salarios vencidos y outsourcing, entre otras medidas impuestas, cuyo resultado evidente será la eliminación de demandantes. Es la voluntad de la clase dominante, convertida en la ley.

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