Miércoles, abril 24, 2024

CNDH da albazo al caso Chalchihuapan; Elia Tamayo no acepta el resultado

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Después de la Navidad y en vísperas a que el panista Rafael Moreno Valle deje la gubernatura de Puebla, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) dictaminó el pasado 26 de diciembre que el gobierno del estado de Puebla cumplió el total de los 11 puntos de la recomendación número 2VG/2014, emitida por las graves violaciones a Chalchihuapan.

Elia Tamayo, madre de José Luis Tehuatlie, el niño asesinado en los hechos del 9 de julio de 2014, ofrecerá este lunes una rueda de prensa, acompañada por pobladores y su defensa legal, para refutar el dictamen del organismo federal.

A La Jornada de Oriente adelantaron que no permitirán el “carpetazo” del caso, y que solicitarán la intervención de instancias internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

De acuerdo con el oficio número 00138, la Sexta Visitaduría General del organismo federal notificó una semana después, el 2 de enero pasado, a la señora Elia Tamayo sobre el seguimiento al caso.

Esto como resultado de una reunión sostenida el 30 de noviembre del año pasado, entre la madre de José Luis, sus abogados y representantes de la CNDH, donde expresó diversas preocupaciones sobre varios de los puntos que integran la recomendación.

Referente al primer punto, la Comisión Nacional dio a conocer que solicitó la información al gobierno de Rafael Moreno Valle, sobre las averiguaciones previas, órdenes de aprehensión y procesos penales, tanto respecto a los servidores públicos como de los manifestantes, y si existe un medio de impugnación o juicio local pendiente de resolución.

Al respecto, reveló que “no hay procedimiento ya sea averiguación previa, carpeta de investigación, proceso penal o cualesquiera otro carácter penal aperturado, en contra de las personas relacionadas con la presente recomendación”.

Y continúa: “Todos han sido resueltos, quedaron firmes las decisiones y causaron ejecutoria en su momento. No existe ningún medio de impugnación o juicio local o federal pendiente de resolución”.

Más allá de confirmar que ningún poblador de Chalchihuapan es perseguido por la justicia, por el caso del 9 de julio de hace dos años, la información de la Comisión Nacional de Derechos Humanos también revela que el ex alcalde Jairo Javier Montes Bautista quedó exonerado de todo cargo en su contra.

En el punto número 2, con relación a los procedimientos administrativos que fueron instaurados en contra de los servidores públicos de la entonces Procuraduría General de Justicia y la Secretaría de Seguridad Pública, y en particular si existe algún tipo de procedimiento o juicio de amparo pendiente de resolver, en el caso de Facundo Rosas Rosas, entonces secretario de Seguridad Pública del estado de Puebla.

La CNDH precisó perteneciente a los servidores públicos de la extinta Procuraduría, en su momento se instrumentaron los procedimientos que concluyeron con la declaración de responsabilidad administrativa. “Ninguna de las personas sancionadas interpuso recurso o juicio legal en contra de las sanciones administrativas que les fueron impuestas, por lo que las mismas quedaron firmes y a la fecha están ejecutadas”.

Esto afirma que el supuesto amparo interpuesto por Facundo Rosas nunca procedió.

En el mismo punto, pero relativo a los procedimientos administrativos en contra del personal de la Secretaría de Seguridad Pública, también todas las sanciones impuestas quedaron firmes y ejecutadas, y por lo tanto no hay procedimiento o juicio pendiente de resolución.

La disculpa pública, el punto más polémico

El tercer punto de la recomendación y uno de los más polémicos es respecto al acto de la disculpa pública por parte de Enrique José Flota Ocampo, de la Fiscalía de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, quiQuitar la imagen destacadaen fungió como representante del gobierno de Rafael Moreno Valle.

Sobre ello, el documento en poder de esta casa editorial revela “como se documentó en su momento, se tenía reuniones de trabajo con Elia Tamayo y Araceli Bautista Gutiérrez, con el propósito de acordar diversas acciones, para cumplir algunos de los pendientes, como la disculpa y la reparación del daño correspondiente”.

Los hechos registrados por la Fiscalía Especial para el Esclarecimiento de los Hechos del Caso Chalchihuapan en el cuadernillo de actuaciones, incluso firmadas por los abogados Hilario Gallegos Gómez y Alejandro del Castillo Saavedra, presentaron evidencia del cumplimiento a tales aspectos de la recomendación.

De igual manera, en el punto cuarto, sobre el mensaje de disculpa a las víctimas que fueron notificadas y estuvieron presentes en el acto, la CNDH informó que “a cada una de las personas que acudió al acto público se le entregó un ejemplar del texto de dicha disculpa, como consta en los registros gráficos del día, y a las que no acudieron a pesar de la notificación se les puso a disposición ese mismo mensaje, por conducto de sus representantes legales”.

Pagan 100 mil pesos a víctima con boquete en la mejilla

En el punto quinto, el organismo pidió al gobierno de Moreno Valle se precise las circunstancias y el contexto en el cual la señora Elia Tamayo había recibido la cantidad de dinero que se le otorgó, con motivo de la reparación económica, en atención al señalamiento que había sido “presionada” para aceptar la reparación.

Con información de la autoridad, la CNDH expuso: “la entrega de la cantidad económica que por concepto de reparación (material y moral) le correspondió a la señora Elia fue completamente ajena a cualquier presión, sin que mediara algún tipo de coacción o vicio de voluntad.

“La madre del niño José Luis Tehuatlie, asesinado a consecuencia de la acción irregular de servidores públicos del gobierno de Puebla, inicialmente estableció como cantidad correspondiente a la reparación del daño la suma de 1 millón 500 mil pesos; sin embargo, a partir de varias reuniones en las que se discutió con la representación legal, se hizo un cálculo de cada uno de los conceptos correspondientes de la reparación del daño, por lo que se entregaron tres cheques nominativos por el monto de 2 millones 500 mil pesos, para el mejor manejo de los recursos”.

Mientras que a José Martín Romero Montes, quien perdió el habla un año por el impacto de una lata de gas lacrimógeno que le perforó la mejilla, seccionó la lengua y los dientes, se le dio un cheque por 100 mil pesos.

En el escrito se revela que el recurso fue entregado desde el pasado 2 de septiembre a Elia Tamayo y José Martín Romero, “quienes acudieron de manera voluntaria, sin que mediara ningún acto de provocación, intimidación, amenaza, condición o cualesquiera otro que desvirtuara cumplir con la obligación del gobierno”.

Se argumentó que la reparación del daño estuvo basada conforme a los estándares internacionales que establece la Ley General de Víctimas, con motivo de los actos y omisiones en que incurrieron los servidores públicos de las instituciones de seguridad y procuración de justicia en Puebla que participaron en los hechos del 9 de julio de 2014.

CNDH valida información otorgada por el gobierno 

En el caso del Protocolo para la búsqueda de soluciones pacíficas, el diálogo y el respeto a los derechos humanos, la CNDH dijo que solicitó al gobierno saber si esta continúa vigente o si esta fue abrogada o modificada, y pidió se indique la oficina que se estableció para la aplicación del citado.

En repuesta, el organismo informó que el 14 de octubre de 2014 fue publicado el protocolo que continúa vigente, y tampoco ha sido abrogado.

Además citó que la oficina se llama la Dirección de Atención ciudadana y a organizaciones sociales, que pertenece a la Secretaría General de Gobierno del estado, y el titular es Froylán Barragán Luna,

Finalmente, con relación a los puntos segundo y tercero recomendatorios, la Comisión Nacional de Derechos Humanos aseveró que dio seguimiento a la Fiscalía Especial para el Esclarecimiento de los hechos del Caso Chalchihuapan, desde su creación en septiembre de 2014, con la presentación de informes periódicos sobre el estatus de las averiguaciones previas, consignaciones, órdenes de aprehensión y procesos penales a que dieron lugar la investigación, hasta su culminación.

Con base en lo expuesto y luego de su análisis llevado a cabo por la Comisión Nacional de Derechos Humanos a la información proporcionada por la autoridad poblana, “resultó procedente dar por cumplidos los puntos recomendatorios segundo, tercero y décimo de la Recomendación 2VG/ 2014, el 26 de diciembre de 2016, por lo que se calificó como aceptada, con pruebas de cumplimiento total”.

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