Jueves, abril 25, 2024

Eximió INE a consejeros del ITE de mal desempeño

Destacamos

El pleno del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) eximió a los consejeros electorales de Tlaxcala por la comisión de presuntas irregularidades en el desempeño de sus funciones, por lo que desecharon el proceso de remoción instaurado en su contra a petición del Partido Alianza Ciudadana (PAC).

Este miércoles, el pleno del Consejo General del INE, tras casi siete horas de deliberación de diversos asuntos, determinó desechar el expediente UT/SCG/PRCE/PAC/CG/2/2016 y eximió a los consejeros locales, al resolver que no se cumplieron los presuntos que establece la legislación para proceder a destituir a los integrantes del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), quienes están por cumplir el primer año de sus funciones.

Los consejeros del INE consideraron que la denuncia del PAC no aportó los elementos para proceder en contra de los consejeros Denisse Hernández Blas, Dora Rodríguez Soriano, Norberto Sánchez Briones, Yareli Álvarez Meza, Raymundo Amador García, así como del secretario Germán Mendoza Papalotzi y la presidente Elizabeth Piedras Martínez, de ahí que decidieron no entrar al fondo del asunto y los eximió de las imputaciones de las cuales fueron objeto.

De acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los consejeros podrán ser removidos por el Consejo General del INE, por incurrir en conductas que atenten contra la independencia e imparcialidad de la función electoral, o cualquier acción que genere o implique subordinación respecto de terceros o tener notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de las funciones o labores que deban realizar.

Además, podrán ser depuestos del cargo por conocer de algún asunto o participar en algún acto para el cual se encuentren impedido; realizar nombramientos, promociones o ratificaciones infringiendo las disposiciones generales correspondientes; emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento y no haberse excusado del mismo; dejar de desempeñar injustificadamente las funciones o las labores que tengan a su cargo, y violar de manera grave o reiterada las reglas, lineamientos, criterios y formatos que emita el INE.

El Consejo General del INE también declaró fundado el procedimiento administrativo sancionador electoral en materia de fiscalización instaurado en contra del Partido Acción Nacional (PAN) y de Eleazar Molina Pérez, candidato a la presidencia municipal de Tetla de la Solidaridad, por lo que se impone al instituto político multa equivalente a ocho Unidades de Medida y Actualización vigentes en 2016, misma que asciende a 584.32 pesos.

Ultimas

- Anuncios -
- Anuncios -