Jueves, marzo 28, 2024

Bienes mostrencos, bienes vacantes y una historia romántica

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Para Carlos Jorge Meza Torres, el amor de mi vida, por sus 24 años de vida

 

En el derecho romano la res nullius es una expresión latina, que significa “cosa de nadie”, utilizada para designar las cosas que no han pertenecido a ninguna persona.

No hay que confundir a las res nullius con las res derelictae. Mientras las primeras no han sido jamás objeto de propiedad, las segundas han tenido dueño, pero éste las ha abandonado.

La principal importancia de las res nullius es que pueden ser objeto de ocupación. A través de la misma, una persona puede adquirir su propiedad, simplemente apropiándose de la cosa, a través de su posesión y sin que tenga que mediar ningún plazo de tiempo (a diferencia de la usucapión).

El caso más claro de ocupación es el de la persona que se encuentra un objeto o un animal salvaje. Al ser res nullius, simplemente basta con su aprehensión para hacerlo suyo.

Los predios o parcelas privadas en muchas legislaciones no se pueden considerar como res nullius, como cosa sin dueño, dado que su propiedad sería del Estado.

Este concepto sacado de Wikipedia, no es tan exacto. No necesariamente las cosas vacantes o aquellas que no tienen dueño cierto y conocido o inmuebles abandonados por que no tienen dueño pertenecen al Estado, basta decir que nuestro sistema judicial prevé el procedimiento de usucapión “de mala fe” al haber poseído un bien inmueble con ánimo de dueño sin perturbación alguna de manera pública y pacífica durante 20 años sin tener justo título y 10 años teniendo justo título.

Los artículos 965 a 980 del Código Civil para el estado de Puebla nos hablan de los bienes mostrencos y bienes vacantes, no menos la doctrina y la jurisprudencia se ocupan de este tema.

Consideré importante engarzar o aherrojar un tema jurídico con un tema romántico (La Luna).

En una amena charla con mi pequeña hija Fernanda en relación al hecho de que: “La luna tiene dueño” le aseguraba que así era. Veamos:

“…Tened cuidado cuando prometáis la luna a alguien, porque puede que no se la podáis dar. Y es que, ¿os habéis preguntado alguna vez si la luna tiene dueño?, pues salid de dudas.

Ese satélite que tanto afecta a los licántropos y a algún lunático, y que hace que suban las mareas parece que no puede tener dueño, pero eso no es exactamente así, de hecho no es un solo dueño el que ha reclamado su suelo, sino tres.

En 1954, un abogado chileno de gran astucia y amante del espacio llamado Jenaro Gajardo Vera,  fundó la “Sociedad Telescópica Interplanetaria”, con la finalidad de crear un protocolo de bienvenida en el caso de que algún día tuviéramos una visita extraterrestre, pero su máxima aspiración era ingresar en un selecto club llamado “Talca”, donde solo entraba gente de una profesión notable y era requisito tener alguna propiedad, algo que limitaba a Jenaro, que no poseía ninguna.

Pero su ingenio hizo que una noche contemplando la luna tuviera una idea brillante y reclamara el satélite en propiedad. Para ello se presentó ante el Conservador de Bienes Raíces de Talca, en Chile el 25 de septiembre de 1954, y le dijo que quería registrar una propiedad que era de sus antepasados desde 1857 y que estaba sin reclamar. El notario no daba crédito a lo que oía, pero tras consultar las leyes vigentes, no le quedó más remedio que hacer legal aquel trámite, ya que legalmente la luna no tenía dueño y aquel trámite clasificaba un terreno sin dominio.

El documento que presentó decía textualmente lo siguiente:

Jenaro Gajardo Vera, abogado, es dueño, desde antes del año 1857, uniendo su posesión a la de sus antecesores, del astro, satélite único de la Tierra, de un diámetro de 3.475.00 kilómetros, denominada luna, y cuyos deslindes por ser esferoidal son: Norte, Sur, Oriente y Poniente, espacio sideral. Fija su domicilio en calle 1 oriente 1270 y su estado civil es soltero.

Jenaro Gajardo Vera, Carné 1.487.45–K Ñuñoa Talca, 25 de septiembre de 1954.

Tras pagar una suma considerable en trámites burocráticos, Jenaro recibió las escrituras de la luna que le acreditaban como propietario, con lo cual vio pudo cumplir su sueño y acceder como miembro al club Talca.

La prensa se hizo eco de la noticia, y varios inspectores trataron de subsanar ese error haciendo a Jenaro desistir de su propiedad al solicitar un impuesto proporcional al tamaño de su propiedad, pero Jenaro era más astuto y  les dijo que pagaría, pero que antes, y según la ley, debían  realizar las medidas exactas de su propiedad para poder tasarla correctamente, y ante la imposibilidad de medirla, los inspectores desistieron.

Pero Jenaro era un hombre altruista, y en su testamento legó la luna a la humanidad, aunque circula un rumor en el que se asegura que el propio presidente Nixon le pidió permiso en 1969 para que aterrizara en la luna el Apolo XI. Jenaro falleció en 1998.

Tras el caso Jenaro, y para evitar apropiaciones de este tipo, la ONU creo en 1967 el Tratado del Espacio Ultraterrestre , firmado por 90 países, que prohíbe registrar como propio o comprar objetos más allá dela Tierra, y por ello ningún gobierno o nación puede apropiarse de satélites, planetas, etc.

Pero un avispado empresario llamado Dennis Hope, encontró un vacío legal y decidió reclamar de nuevo la luna al no ser él ningún gobierno ni nación, sino solicitarlo como bien privado, y a pesar de estar en varios litigios, este empresario vende parcelas en la luna desde su empresa “Lunar Embassy” al “módico” precio de 20 dólares los 4.000 metros cuadrados.

Esto podría parecer un timo, y de hecho legalmente lo es, pero hasta el momento han comprado parcelas en nuestro satélite la friolera de 2.500.000 personas, entre ellas actores de Hollywood e incluso expresidentes de USA, y han recaudado más de 50 millones de dólares en un negocio tan redondo como el cuerpo celeste que vende. De hecho, Hope ha decidido ampliar el negocio y ya vende parcelas en Marte y Mercurio, además con el visto bueno del Congreso de los Estados Unidos, la oficina de registros de San Francisco,la ONU y Rusia, a los que Hope envió cartas legales como dueño de la luna que no han sido contestadas, con lo cual, del silencio administrativo, Hope ha sacado beneficio y también reclamó el resto de planetas de nuestro sistema solar y sus respectivos satélites.

A este negocio oscuro se le acerca en beneficios el de las empresas que ponen tu nombre a una estrella, eso si, después de una considerable suma de dinero.

Y a estos dos personajes que nos han quitado nuestra luna, se ha unido recientemente otro que alega ser dueño por derecho histórico y esta en litigio con la empresa de Hope por vender lo que el considera su propiedad. El hombre es un alemán llamado Martin Juergens, y alega ser el propietario real dela Luna, por haber sido esta concedida en propiedad a sus ancestros por parte del monarca germano del siglo XVIII Federico El Grande. De ser esto verdad, Juergens ganaría el pleito con Hope, pero desgraciadamente afirma que los documentos que lo pueden confirmar se perdieron con los años.

Así que ya sabéis, y no regaléis en un arranque de pasión lo que no es vuestro, y a este paso al final nos cobran un impuesto por mirarla…”

No cabe duda que los actos inexistentes de los que hemos hablado por no poder producir consecuencias de derecho, salen del control del romanticismo y de la habilidad o agilidad mentales de quienes, soñadores o lunáticos, para seguir la tela de la entrega lograron de manera “legal” adueñarse de la luna.

Incluso los batracios quedan embrujados de ella. Hay que recordar al sapo cancionero de Facundo Sarabia que vivía soñando de amor por la luna, que era trovador de charcos que cantaba su melancolía, sabiéndose feo y contrahecho, no dejaba de ser más que un grotesco trovero, o mejor aun lo que el gran Sabines nos receta:

“…La luna se puede tomar a cucharadas, o como una cápsula cada dos horas.

Es buena como hipnótico y sedante, y también alivia, a los que se han intoxicado de filosofía. Un pedazo de luna en el bolsillo es el mejor amuleto que la pata de conejo: sirve para encontrar a quien se ama, para ser rico sin que nadie lo sepa y para alejar a los médicos y las clínicas. Se puede dar de postre a los niños cuando no se han dormido, y unas gotas de luna en los ojos de los ancianos ayudan a bien morir. Pon una hoja tierna de la luna debajo de tu almohada y mirarás lo que quieras ver. Lleva siempre un frasquito del aire de la luna para cuando te ahogues, y dale la llave de la luna a los presos y a los desencantados. Para los condenados a muerte y para los condenados a vida no hay mejor estimulante que la luna en dosis precisas y controladas…”

En esta ocasión no vale la pena que me refiera a Mario Benedetti y su “Tierra Luna” aunque su belleza (y más aún si la canta Eugenia León) no deja de ser un alarde de sensibilidad poética, por el contrario entrego a ustedes “La luna” concebida por mi amigo Joan Manuel Serrat (lo de amigo lo digo en serio).

“…A dónde vas, luna de día, resbalando equívoca los horizontes. A dónde vas, pálida y fría.

A dónde vas, luna de día, luna de barro y soledad. A dónde vas negando el sol, qué oscuridades quieres rescatar, en qué tapete negro probarás fortuna, si en las esquinas no te dan voces  y en las cantinas no te reconocen, luna. A dónde vas, de tapadillo, huérfana de espejos y lentejuelas. A dónde vas, sin lazarillo. A dónde vas, de tapadillo,

llena y en vela…”

Como ustedes amigos lectores estoy cierto de su amor y proclividad por la luna, pues vaya esta entrega romántica jurídica que con dedico a todos los lunáticos que como el que esto escribe se apasiona cuando la contempla de noche.

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