Viernes, abril 19, 2024

Validez de la elección de gobernador, confirmó el TET

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El pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) confirmó la noche del pasado viernes la validez de la elección de gobernador, el cómputo respectivo y el otorgamiento de la constancia de mayoría como gobernador electo a Marco Antonio Mena Rodríguez, quien fue postulado en coalición por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM), Nueva Alianza (Panal) y Socialista (PS) en los comicios del pasado 5 de junio.

En la misma sesión, los magistrados revocaron el acuerdo aprobado por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) en el que asignó las diputaciones de representación proporcional y las regidurías en diversos ayuntamientos de la entidad, a fin de que se respete el orden de prelación asignado por los partidos políticos en sus respectivas listas de candidatos.

De igual manera, por haberse acreditado la utilización de elementos religiosos, los magistrados del TET aprobaron la anulación de la elección de ayuntamiento del municipio de Contla de Juan Cuamatzi, por lo que en esa jurisdicción deberá llevarse a cabo una elección extraordinaria en la que ya no tendrá derecho a participar el candidato infractor.

Sobre el primer tema, los magistrados Hugo Morales Alanís, José Lumbreras García y Luis Manuel Muñoz Cuahutle resolvieron los expedientes TET–JE–182/2016 y acumulados, así como el TET–JE–227/2016 y su acumulado TET–JE–237/2016, en los que determinaron que los agravios expuestos por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en sus respectivas impugnaciones, fueron infundados en algunos casos e inoperantes en otros, por lo cual debían confirmarse la validez de la votación de la jornada electoral realizada el pasado 5 de junio.

El TET resolvió que en lo que se refiere a los agravios encaminados a establecer la existencia de irregularidades e inconsistencias en la recepción de la votación en las mesas directivas de casilla, los resultados consignados en las actas de escrutinio y cómputo, y el cómputo mismo en los consejos distritales, fueron inoperantes, por lo que se confirmó la validez de la elección

De hecho, los argumentos del PRD, en el sentido de que durante el desarrollo del proceso comicial se presentaron diversas irregularidades que infringieron principios constitucionales y legales, que en su conjunto influyeron en el ánimo de la ciudadanía al momento de emitir su voto, fueron calificados como inoperantes, ya que esas manifestaciones fueron genéricas y no se precisaron circunstancias específicas de cómo esos hechos afectaron realmente la votación emitida en la jornada electoral, de manera que avaló la validez de la elección.

Sobre la operatividad del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), que a decir del PRD puso en duda la certeza de la votación emitida en los 15 distritos electorales, el TET observó que si bien éste tiene como fin brindar información más o menos confiable de los resultados de los comicios, al tratarse de un elemento tecnológico no se encuentra exento de deficiencias técnicas.

El PREP no fue elemento para anular la validez de la elección

Los magistrados subrayaron que la alimentación primigenia de dicho programa se sustenta únicamente en las actas que se encuentran al exterior del paquete electoral, por lo que el principio de certeza se garantizó al efectuarse el cómputo distrital con el cotejo pleno de las actas aportadas por la autoridad y aquellas que se encontraban dentro de los paquetes electorales, así como el recuento de votos cuando éste así fue requerido.

En lo que se refiere al tema del rebase del tope de gastos de campaña aprobado por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), los magistrados refirieron que el pasado 14 de julio fue emitido el dictamen consolidado relativo a la elección de gobernador del estado de Tlaxcala, mismo en el que se determinó la no existencia en cuanto al rebase por parte de la coalición a la gubernatura del estado. “Luego entonces, es claro que no se actualiza la causal de nulidad invocada” y se confirma la validez de la elección, señalaron.

Por otra parte, por la incorrecta aplicación de la ley en materia de paridad de género, el TET revocó el acuerdo aprobado por el Consejo General del ITE en el que asignó las diputaciones de representación proporcional y las regidurías en diversos ayuntamientos de la entidad, a fin de que se respete el orden de prelación asignado por los partidos políticos en sus respectivas listas de candidatos.

Ordenó al Consejo General del ITE modificar sus respectivos acuerdos y respetar el orden que en su momento presentaron los partidos políticos en sus respectivas listas de candidatos. Lo anterior, en un término de 72 horas, una vez que sea notificado por la autoridad jurisdiccional

De esta forma, tres de las asignaciones aprobadas en su momento por los consejeros electorales fueron revocadas: Martha Elena Estela Durán González, María Patricia Quiebras Arenas y Betty Sharon Briones Padilla. Esos lugares deberán ser ocupados por Fernanda Sandoval Vega, Jesús Portillo Herrera y José Carmen Corona Pérez, respectivamente.

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