Jueves, abril 25, 2024

Insiste la Arquidócesis de Puebla en que unión entre homosexuales “no es matrimonio”

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La Arquidiócesis de Puebla consideró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no es una instancia para validar el vínculo conyugal entre personas del mismo sexo y que, en todo caso, la unión legal entre homosexuales puede ser llamada de cualquier manera, excepto como matrimonio.

El obispo auxiliar y vocero de la Arquidiócesis, Felipe Pozos Lorenzini, manifestó ayer la postura de la iglesia católica sobre el casamiento gay, la cual ya había sido adelantada por el arzobispo, Víctor Sánchez Espinosa y es, por obvias razones, idéntica a la que ha marcado el Episcopado Mexicano.

De hecho, en la editorial del periódico Angelus, el órgano de difusión oficial de la Arquidiócesis poblana, se ha defundido la postura de la alta jerarquía mexicana sobre el particular.

En contraparte, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) consideró como un “avance histórico” a los derechos de la diversidad sexual la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que establece que son inconstitucionales los códigos civiles de aquellas entidades federativas en las cuales el matrimonio es entendido como la unión entre un hombre y una mujer.

La Jurisprudencia 43/2015 de la Primera Sala de la SCJN, que a partir de su publicación en el Semanario Judicial de la Federación es de observancia obligatoria para todas y todos los impartidores de justicia en el país, señala que “pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales”.

Asimismo, dice que tal distinción “es discriminatoria porque las preferencias sexuales no constituyen un aspecto relevante para hacer la distinción en relación con el fin constitucionalmente imperioso”.

En un comunicado señaló que esta histórica determinación del máximo tribunal del país abre la puerta para que en todas las entidades se reconozca el matrimonio igualitario entre personas del mismo sexo, dando un decisivo avance en la lucha por proteger y visibilizar los derechos fundamentales de todas las personas con la cual se construye una sociedad de derechos y libertades.

De 2009 a la fecha se han dado avances en México respecto al matrimonio igualitario, con la aprobación de uniones civiles en cinco entidades, el reconocimiento legal de matrimonio entre personas del mismo sexo en el Distrito Federal, Coahuila y Quintana Roo, así como la Resolución por Disposición 2/2011 emitida por el Conapred y aceptada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para la plena igualdad de trato y de oportunidades de las y los derechohabientes, sus familiares y cónyuges.

 

 

 

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