Un buen burgués, bueno en el sentido de reconocerse como el agente económico que se apropia del valor producido por sus trabajadores en busca de obtener, en su exclusivo beneficio, la máxima ganancia, procederá en consecuencia si se le concesiona el manejo de un bien universal como el agua, es decir, si o hay ganancia poco le interesará cumplir el artículo cuarto constitucional, que establece: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.” Obsérvese que no se habla de capital privado.
El mismo artículo reconoce que “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución […], así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse.” En otras palabras, el acceso y uso del agua es un derecho humano protegido por el Estado. Entonces, ¿para qué promover una ley que facilita la privatización del manejo total de los recursos hídricos y que, además, declara de “interés público” la participación de concesionarios y organismos privados para prestar el “servicio” público?
¿Quién puede creer que el sector privado, organizado para lucrar con los bienes y servicios a su disposición, pueda preocuparse por cumplir con el artículo cuarto constitucional? Lo peor del caso es que con la privatización el acceso equitativo al agua, deja de ser derecho humano para convertirse en un “servicio mercantil” que debe comprarse en el mercado y no vale decir que las autoridades fijarán las tarifas, pues aun así se estaría dejando al sector privado lucrar con una necesidad humana universal.
Se sabe que la técnica del fracking, para explotar el gas shale, requiere enormes cantidades de agua de la que con la privatización podrán disponer los empresarios sin ninguna dificultad, incluso trasladándola a grandes distancias, pues la ley de marras también avala la figura de trasvase de una cuenca.
Ahora bien, si consideramos que México vive bajo la hegemonía neoliberal, podemos hacer una pregunta de fácil respuesta: ¿si el agua pasa a manos de empresarios privados, que de aprobarse la ley podrán participar en la extracción, captación, conducción, potabilización, distribución, suministro, tratamiento, recolección, disposición, desalojo, medición, determinación de facturación y cobro de tarifas del líquido, en términos del cálculo de la ganancia a quien entregarán el agua: a los consumidores pobres de bajo ingreso (en México hay más de 60 millones de personas en situación de pobreza, esto es, más de 15 millones de familias) o a las empresas monopólicas que necesitan agua para llevar a cabo el fracking?
Pero si lo relatado provoca indignada irritación (además de cierta frustración al saber que en la Cámara poco o nada se puede hacer por la debilidad de la oposición parlamentaria, y así hay quienes todavía dicen que no votemos), hay una barbaridad que pareciera increíble. El artículo 267, fracción XXVI de la infame ley, faculta a la Comisión Nacional de Aguas (Conagua) a sancionar con 50 mil días de salario mínimo a quien realice estudios, monitoreos y medición de las aguas como bienes nacionales, sin contar con un permiso expedido por Conagua. Esta criminalización de la investigación, significa que no se podrá producir conocimiento distinto al oficial y quien lo intente cometerá un crimen sancionable. ¡Es el colmo!