Jueves, abril 25, 2024

Se van a juicio 17 municipios por la participación de partidos en juntas auxiliares

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Los ayuntamientos de 17 municipios poblanos enfrentan litigios ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por autorizar a las fuerzas políticas el registro de candidatos en las juntas auxiliares.

Los juicios los promovieron ciudadanos que recibieron la asesoría jurídica del Partido Revolucionario Institucional (PRI), para lograr la invalidación de los plebiscitos que se pretenden llevar a cabo este mes en todo el estado.

La inconformidad surgió porque las autoridades retiraron el candado que impedía la participación de los institutos políticos en dichos procesos de selección, provocando que habitantes sin estructura partidista ni recursos públicos compitan con las fuerzas políticas.

Además, los aspirantes independientes tienen la obligación de presentar las firmas de apoyo de por lo menos 3 por ciento de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral de la localidad, requisito que no se solicitó a los abanderados de los partidos.

De acuerdo con el coordinador jurídico del Comité Directivo Estatal del PRI, Mario Conde Rodríguez, entre el sábado y el miércoles se promovieron ante la Cuarta Sala Regional del TEPJF 90 juicios para la protección de los derechos político–electorales para echar abajo esos procesos.

Al cierre de la edición, Mario Conde informó que 79 juicios ya habían sido admitidos por los magistrados que integran la Cuarta Sala Regional del TEPJF, quienes requirieron información a las autoridades municipales para iniciar la revisión de los casos.

En los 90 recursos se acusa a los ayuntamientos de incumplir el artículo 4 de la Constitución del estado y el 42 del código electoral de Puebla, los cuales determinan que los partidos políticos solo podrán participar en las elecciones de gobernador, diputados y presidentes municipales.

Asimismo, denuncian que la postulación de candidatos por parte de las fuerzas políticas se pretende justificar en una reforma que se publicó en el Periódico Oficial del Estado el 31 de marzo, pese a que el artículo 105 de la Constitución federal determina que ese tipo de modificaciones deberán aplicarse solo si han transcurrido 90 días de su entrada en vigor.

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