Por alguna razón, al conocer del planteamiento de los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), trajo a mi memoria el pasaje del libro de Antoine de Saint–Exupery en el que El Principito aprende del zorro que domesticar es crear vínculos y que crear vínculos es tener necesidad uno del otro: “tú serás para mí único en el mundo, yo seré para ti único en el mundo...”, le dice.
Y es que los ministros plantearon que si un progenitor es condenado a la pérdida de los derechos sobre sus hijos ello no implica que se le impida la convivencia con el menor, porque este derecho, sin duda, también es de ellos.
De esta manera, nuestro máximo tribunal de justicia pretende garantizar la convivencia de los niños con sus padres, al afianzar el criterio de que es indispensable atender al interés superior del menor, para lo cual se deben proporcionar las condiciones que le permitan al menor un adecuado desarrollo psicológico y emocional.
Si cada hombre y mujer que tenemos un hijo, nos detuviéramos a pensar cuál es su interés superior y cómo es que lo atendemos, tal vez entenderíamos que dejar de ser pareja no es sinónimo de dejar de ser padre y nos ocuparíamos menos por utilizar a los niños para dañar, chantajear o atar, dejaríamos de escondernos en el pretexto de no me dejan verlo, estoy muy ocupado trabajando para proveerlo; o detentar el título de papá o mamá porque se busca al hijo de vez en cuando, comprarle un juguete, estar con él 2 horas o pagar la colegiatura del mes.
Ojalá este criterio de los jueces de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se acompañe de una supervisión efectiva sobre la calidad de la convivencia de los progenitores, para que éstos no utilicen el argumento del interés superior a conveniencia, y lograr establecer vínculos afectivos y no genere en los niños ansiedad, inseguridad y baja estima.
coral.avila@gmail.com