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Jueves, 18 de junio de 2009
La Jornada de Oriente - Puebla - Salud
 
 

Listo, reglamento de la ley antitabaco; entrará en vigor el 1 de julio

 
AMÉRICA FARÍAS OCAMPO

El 1 de julio entrará en vigor el reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT) en el estado, que restringe fumar en espacios públicos y privados cerrados, y considera multas de mil hasta 10 mil días de salario mínimo, arrestos de 36 horas, así como clausuras temporales y definitivas para las personas y los establecimientos que infrinjan la legislación.

Así lo anunciaron funcionarios de la Secretaría de Salud local, federal y de la Oficina Nacional para el Control del Tabaco durante el simposio “Leyes, sanciones y derechos para el fumador”.

El director del departamento de Regulación y Fomento Sanitario de la Secretaría de Salud local (Ssa), Baraquiel Saloma Linares, explicó que por disposición federal, a partir del 1 de julio queda prohibido fumar en espacios públicos cerrados, como restaurantes, bares, discotecas, mercados, centrales de autobuses, centros de trabajo y escuelas –públicas y privadas– de nivel básico, medio y superior. Además de autobuses urbanos, foráneos, taxis y cualquier transporte colectivo.

El nuevo reglamento contempla amonestaciones de mil a 4 mil días de salario mínimo para aquellos comercios o instituciones públicas que incumplan con la ley. También clausuras temporales o definitivas en caso de reincidir.

Los fumadores que insistan en fumar en espacios cerrados serán sancionados con multas de uno a 10 días de salario mínimo, incluso, podrían ser arrestados por un periodo de 36 horas.

Los establecimientos comerciales o públicos podrán adecuar un área de fumadores, la cual tendrá que estar aislada, tener ventilación hacia el exterior o un sistema de extracción o purificación de aire y contar con señalización visible.

La vía pública, las terrazas y los espacios al aire libre, así como las palapas serán las únicas áreas donde se podrá fumar.

Saloma Linares precisó que habrá 85 verificadores de la Secretaría de Salud que realizarán supervisiones permanentes en los establecimientos de la ciudad y  del interior del estado con el propósito de vigilar que la norma se cumpla. Además, se atenderán quejas en los números 2423266 y 2462462 de forma anónima.

Justino Regalado Pineda, director de la Oficina Nacional para el Control del Tabaco, refirió que la nueva legislación permitirá reducir en los no fumadores la exposición pasiva al humo de cigarro. Está demostrado –dijo– que la restricción de fumar reducen de 5 a 15 por ciento las tasas de tabaquismo y propicia cambios en las conductas sociales, sobre todo en la población juvenil, que es la más propensa a adquirir el hábito.

Agregó que la prohibición de fumar en centros de trabajo disminuye de 5 a 25 por ciento la cantidad de cigarrillos que se usan, por lo que con la nueva ley se espera una reducción de 20 por ciento en la prevalencia de usuarios.

Por otra parte, a pesar de que las industrias restaurantera, hotelera y turística reclaman pérdidas como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley General para el Control del Tabaco, Regalado aclaró que lejos de afectar a dichos sectores, las nuevas medidas sanitarias les traerán beneficios económicos e impactará positivamente la salud de sus clientes.

 

Campañas y acciones de prevención

El reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco que entró en vigor el 28 de agosto de 2008, también regulará el etiquetado, empaquetado y los pictogramas de las cajas de cigarros.

Desde el 1 de julio las empresas tabacaleras tendrán que incorporar en las cajetillas de cigarro frases como “contiene benceno, veneno para pesticidas” o “90 por ciento de los muertos por cáncer de pulmón fumaban como tú”, como una medida para informar sobre el daño que el tabaco produce a la salud.

Por su parte, los gobiernos estatales y municipales tendrán que instaurar políticas públicas para prevenir el inicio de consumo en niños y adolescentes, que en el caso de Puebla comienza a los 10 años, así como reglamentar la venta de los cigarros, su publicidad, promoción y patrocinio.

 
 
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