El titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en la entidad, Valentín Meneses Rojas, reveló en una entrevista con esta casa editorial que, aprovechando el marco de las reformas que esa institución impulsa a la Ley del Transporte, los transportistas demandan la modificación del Artículo 86 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, que les veda el derecho a la libertad bajo fianza en caso de cometer homicidio imprudencial, y también exigen que se elimine el refrendo cada 10 años de la concesión, para que quede, como antes, en un plazo indefinido.
Es cierto que juristas y expertos en Derecho han señalado que el Artículo 86 vigente coloca en un estado de excepción a los choferes del servicio público, lo cual contradice la ortodoxia jurídica más elemental. Empero, hay que recordar que, pertinente o no, esa disposición fue aprobada por el Congreso como una respuesta de las autoridades al clamor social de justicia y freno a la impunidad de que gozaban los choferes y los concesionarios del trasporte.
De lo dicho por el secretario tal vez lo más grave es la exigencia de los concesionarios para no refrendar el permiso del servicio público. Esto a todas luces resulta un privilegio inadmisible, pues la renovación condicionada tiende a persuadir a los transportistas a brindar un servicio eficiente y seguro a la ciudadanía, so pena de perder la licencia en caso de no cumplir con las medidas mínimas de calidad.
Es necesario que en este tema las autoridades se conduzcan escrupulosamente y no cedan a los chantajes o intenten comprar favores en un año marcado por el frenesí electorero.