Las elecciones por usos y costumbres de presidentes de comunidad en Tlaxcala, constituyen la expresión de la persistencia histórica de una forma de poder comunitario que ha sido característica de varias comunidades, desde antes de la invasión hispana.
Este poder descansa sobre dos instituciones fundamentales: la asamblea de pueblo y el sistema escalafonario de cargos, a través de los cuales las comunidades han mantenido un cierto margen de autogobierno local que ha encontrado la manera de sobrevivir y cohabitar con otras formas occidentales modernas de “federalismo” que en nuestro caso establecieron al municipio como unidad básica de gobierno.
Aunque el cuarto nivel de gobierno, las presidencias de comunidad, desde la reforma de 1984 se mostraron al resto del país como instituciones de avanzada en el proceso de descentralización administrativa, y se exhibieron como una institución que reflejaba el espíritu confederativo de los antiguos señoríos tlaxcaltecas, en la práctica, en los últimos decenios, los partidos políticos y el Estado no han cejado en su interés de debilitar y controlar este último reducto de expresión de la voluntad popular, fuera de los cauces institucionales.
Primero se subieron de categoría: se denominaron presidencias auxiliares y después presidencias de comunidad; después se trató de que abandonaran la elección de sus titulares en asamblea de pueblo y se forzó a que sus representantes fueran electos por voto universal, secreto y directo, al mismo tiempo y por el mismo periodo de los ayuntamientos, y con la intervención de los partidos políticos.
No obstante lo anterior, de las cerca de 500 comunidades que tienen la categoría de presidencias de comunidad, más de una centena ha mantenido contra viento y marea su derecho de elegir a sus representantes mediante el sistema de usos y costumbres; por ello es importante que en la reforma a la legislación electoral, se respete esta forma de poder tradicional y se excluya a los partidos políticos de intervenir en esta forma de elección.