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Viernes, 18 de julio de 2008
La Jornada de Oriente - Puebla - Política
 
 

La reforma en transparencia, con errores, descuidos y propicia la opacidad: expertos

La iniciativa de modificación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobada por la fracción del PRI no sólo es inconstitucional, sino contiene graves errores y descuidos, muchos artículos por la forma en que están redactados pueden generar una amplia discrecionalidad y obstáculos, además de que las propuestas ciudadanas que se incluyeron difícilmente podrán operar debido a la forma en que fueron instrumentados.

 
Ignacio Juárez Galindo
Puebla, Pue.

Es más, la figura de “órgano especializado” de la administración pública que se otorga a la Comisión de Acceso a la Información Pública (CAIP) “es muy extraña” debido a que ninguna ley cuenta con esa clasificación, lo cual obligará a reformar alguna ley y emitir un decreto para darle una figura o naturaleza jurídica.

Lo anterior fue dado a conocer por la comisionada para el Acceso a la Información Pública y la directora de la licenciatura de Periodismo de la UPAEP, Josefina Buxadé Castelán y Lilia Vélez Iglesias, respectivamente, quienes lamentaron la falta de voluntad de los priistas para impulsar una ley de avanzada.

Incluso cuestionaron la postura asumida por los legisladores priistas, quienes advirtieron que más adelante se podría continuar con la mejora y adecuación de la ley de transparencia.

“Es muy difícil que se retome la agenda de la transparencia porque vienen elecciones”.

Hubo suficiente tiempo para discutir el tema, no es pretexto... Hay un mensaje: falta de voluntad política para avanzar más, pudo hacerse un trabajo mucho mejor. No quiero pensar que tienen cosas que ocultar, por qué si podemos ser más transparentes, facilitar el camino nos conformamos con lo menos, la pregunta sería por qué no queremos transparentar más”, aseveró Vélez Iglesias.

Por su parte, el presidente del Centro Empresarial de Puebla, Luis Mora Velasco, lamentó que no se haya apostado por una ley de vanguardia y se desdeñaran la iniciativa ciudadana respaldada por especialistas, universidades y organizaciones importantes. Visiblemente molesto, el empresario señaló: “Cuando te conformas con lo mínimo (como lo hizo la fracción del PRI) eres un ser mediocre, por eso nuestras protestas. La actitud de cómo se resolvió es lo que nos molesta”.

En contraparte, el dirigente del Comité Directivo Municipal del PRI en Puebla, Carlos Meza Viveros, salió en defensa de los legisladores de su partido al señalar que si se otorga la autonomía constitucional a la CAIP estaríamos frente a un “cuarto poder”.  “Quisieran ellos manejar una ley como si fuera un poder, confundiendo el concepto de autonomía con independencia, es decir, que no esté sujeto a nadie ni nada, y vean la ley federal, por qué no comienzan por criticar la ley federal y criticar las normas del IFAI, porque saben que tiene candados, que es una ley truculenta y una ley mentirosa”, afirmó.

De hecho, también dijo estar a favor de que no se incluyeran a los partidos políticos como sujetos obligados de proporcionar información debido a que existe una reglamentación muy clara a nivel federal y local.

En entrevista, Josefina Buxadé afirmó que la reforma impulsada por el PRI contiene “algo gravísimo y complicado” que convierte en inconstitucional dicha norma y es la creación de órganos análogos a la CAIP para los poderes Judicial y Legislativo, instancias autónomas y descentralizadas y municipios, lo cual propiciará la aparición de 220 órganos de este tipo, con la disparidad y gastos que eso implicará.

Dicha medida es inconstitucional, mencionó, porque el dictamen aprobado por el Congreso de la Unión que reforma el artículo VI constitucional plantea claramente que sólo debe existir un órgano garante por estado.

La comisionada de la CAIP explicó que el recurso de inconstitucionalidad sólo podrá ser presentado por una tercera parte del Congreso del estado, es decir, 14 diputados locales, o algún municipio que deba aprobar esa ley.

En el dictamen, apuntó Buxadé Castelán, también se incluye otro punto delicado. El artículo 8 que se reforma establece que las solicitudes de información se deben resolver en 10 días, cinco días menos que la vieja ley, mientras que las dependencias contarán con un mismo periodo para entregar los datos. Pero, un ciudadano tiene como plazo 10 días para presentar un recurso de revisión que se cuentan a partir de que se notifica la entrega de la información.

El descuido, abundó, es que las dependencias podrían dilatar hasta el último día la entrega de la información y en el peor de los casos el ciudadano tendría unas cuantas horas para revisar los datos entregados y presentar su recurso de revisión. “Es un descuido, no puedo pensar en tal perversidad, fue un descuido pero si es terrible”.

 
 
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