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Viernes, 25 de abril de 2008
La Jornada de Oriente - Puebla - Economía
 
 

Aumentaron 17% los accidentes de trabajo en empresas poblanas: IMSS

 
(Carla Toledo)
Puebla, Pue.

En 2007, los riesgos de trabajo aumentaron 17 por ciento con relación al año anterior, y en promedio, en Puebla fallece un trabajador cada semana. Los sectores más peligrosos son los supermercados, comercios, restaurantes y la industria de la construcción, informó el delegado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Francisco Javier Bermúdez Almada.

Durante el seminario organizado por la Confederación de Trabajadores de México (CTM) “Los retos regionales en seguridad y salud en el trabajo”, los representantes sindicales destacaron que en el país cuatro obreros mueren diariamente por accidentes en sus centros de trabajo, y los sectores más peligrosos son minería, petroquímica y construcción.

La situación en Puebla no es menor, el tema de seguridad e higiene es un asunto “alarmante”, señaló el delegado del Instituto Mexicano del Seguro Social, ya que en 2007 ocurrieron 12 mil 500 accidentes de trabajo –17 por ciento más que en 2006– así como 65 muertes –dos casos más que el año previo.

Los accidentes de trabajo generan un fuerte gasto para los patrones y trabajadores, ya que las empresas deben pagar las indemnizaciones que marca la ley, así como una mayor prima de seguridad e higiene ante el IMSS. El instituto también debe destinar una parte de su gasto a los accidentados, pues de los 85 mil pensionados que hay en el estado, el 20 por ciento está nominado por riesgos de trabajo.

De acuerdo con el artículo 504 de la Ley Federal del Trabajo, los patrones tienen como obligaciones especiales mantener en el lugar de trabajo los medicamentos y material de curación necesarios para primeros auxilios y adiestrar personal para que los preste; cuando tenga a su servicio más de 100 trabajadores, establecer una enfermería dotada con los medicamentos y material de curación necesarios para la atención médica y quirúrgica de urgencia.

La ley también establece que cuando tengan a su servicio a más de 300 trabajadores, los patrones deben instalar un hospital con el personal médico y auxiliar necesario; podrán celebrar contratos con sanatorios u hospitales ubicados en el lugar en que se encuentre el establecimiento o a una distancia que permita el traslado rápido y cómodo de los trabajadores previo acuerdo con ellos.

Tan pronto se tenga conocimiento de la muerte de un trabajador por riesgos de trabajo, los patrones deben dar aviso escrito a las autoridades laborales, proporcionando además de los datos del asalariado y el nombre y domicilio de las personas que pudieran tener derecho a la indemnización correspondiente.

 
 
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