"Periodismo regional a la medida de su tiempo"

EnviarEnviar ImprimirImprimir

Puebla > Estado
jueves 11 de octubre de 2007

2 mdp ha cobrado Juárez Acevedo en CAIP sin estar facultado para ser comisionado

Josué Mota y Ernesto Aroche

Hasta ahora, Antonio Juárez, presidente de la Comisión de Acceso a la Información Pública (CAIP), ha cobrado cerca de 2 millones de pesos por trabajar en ese organismo, pero nadie ha informado qué ocurrirá con el dinero del erario en caso de que el funcionario sea removido por violar el artículo 27 de la Ley de Acceso a la Información Pública.


El presidente municipal Enrique Doger y regidores durante una sesión de cabildo / Foto: Rafael García Otero

De acuerdo con un documento del Instituto Federal Electoral (IFE) publicado por La Jornada de Oriente, el presidente de la CAIP fungía, al menos hasta el 28 de agosto de este año, como secretario general de Plataforma Cuatro, una agrupación política a nivel nacional, lo cual está prohibido por la mencionada ley.

El artículo 27 de la Ley para el Acceso a la Información Pública señala que para ser comisionado de la CAIP se requiere: “No haber desempeñado cualquier cargo de elección popular con el carácter de propietario; titular de dependencia o entidad federal, estatal o municipal; magistrado del Poder Judicial del estado o del Tribunal Electoral del Estado, consejero del Instituto Electoral del Estado o dirigente de algún partido o asociación política durante los tres años previos al de dicha designación”.

En el documento del IFE se consigna que “según documentación que obra en los archivos de este instituto, el licenciado Antonio Juárez Acevedo está registrado como secretario general de la agrupación política nacional Plataforma Cuatro”.

Juárez Acevedo fue electo por los diputados de la anterior legislatura, en el mes de diciembre de 2004, como comisionado comenzó a cobrar la primera quincena de enero, ganando mensualmente de manera neta 51 mil 515 pesos y 48 centavos; este salario percibió hasta enero de 2007, lo que significa que recibió poco más de un millón 236 mil pesos.

En enero de este año, cuando Juárez Acevedo fue elegido como presidente de la CAIP, su salario aumentó a 78 mil 114 pesos, lleva nueve meses ostentando el cargo, por lo que hasta ahora debió percibir aproximadamente 703 mil pesos.

En total hasta ahora el funcionario ha recibido por concepto de salario, aproximadamente un millón 939 mil pesos.

Según lo declarado a este diario por el diputado panista Raymundo García, el documento del IFE publicado demuestra que la elección de Juárez Acevedo “estuvo viciada de origen”, lo cual significaría que ha cobrado su salario sin estar facultado legalmente para ser comisionado de la CAIP.

Juárez Acevedo afirmó, hace unos días en entrevista con La Jornada de Oriente, que cuenta con documentación que demuestra que no pertenece a Plataforma Cuatro, pero que sólo la mostrará a los diputados.

Cuando se le cuestionó si el documento del Instituto Federal Estatal tiene “valor probatorio pleno”, como afirman los diputados panistas, no supo responder con claridad.

Usted es abogado. Sobre dicho documento que presenta del IFE, en el que se asegura que usted es secretario general de Plataforma Cuatro, los diputados del Partido Acción Nacional manifiestan que tiene un valor probatorio pleno. ¿Esto es cierto? –se le preguntó.

–Bueno, ahí, ellos tienen un registro, ahí no dice que yo sea. Dice que hay un registro (sic).

–El registro dice que usted es secretario general.

–No dice: está registrado, nada más, no dice que yo sea (sic).

–Pero lo tienen registrado a usted como secretario general –se insistió.

–Eso es lo que dice. No que en este momento que yo sea (sic). Dice que hay un registro, y yo lo que tengo que hacer es demostrar lo contrario como abogado. Eso dice el instituto, yo creo que voy demostrar lo contrario.

–¿Y cómo va a demostrar lo contrario?

–Eso ya lo aclararé en su momento; yo soy ajeno totalmente a estos acontecimientos, totalmente ajeno; entonces tú comprenderás que yo soy ajeno (sic), entonces pues sí; cuesta un poco de trabajo recabar los documentos para hacer esto. No tengo nada que ver ahí (sic).

El caso de Juárez Acevedo debe ir a Sedecap: PRI

El pasado martes, el presidente de la Gran Comisión en el Congreso del estado, Pericles Olivares Flores, dijo que buscará que el Pleno apruebe que se solicite a la Secretaría de Evaluación Control y Desarrollo de la Administración Pública (Sedecap), que investigue las irregularidades que ocurrieron en la elección del actual presidente de la CAIP.

El diputado reconoció al enviar a esa dependencia la indagatoria que no había plazos para que ésta concluya. “La ley no establece plazos, pediremos que sea lo más pronto posible. No queremos que este caso se vaya al tiempo”. (sic).

En contraparte, el Partido Acción Nacional ha manifestado que el Congreso cuenta con todos los elementos para destituir a Juárez Acevedo, y que la intención del tricolor de enviar a la Sedecap la investigación “sólo pretende alargar la agonía” del funcionario, y que la única intención del Partido Revolucionario Institucional es no resolver este asunto de manera inmediata para que no los afecte en el proceso electoral, pues Plataforma Cuatro es una organización ligada al tricolor.

Ayer, la diputada priista Norma Sánchez Valencia manifestó que es necesario que los diputados se apeguen por completo a la ley, y que por consiguiente la investigación al presidente de la CAIP sea enviada a la Sedecap.

Su argumento es que a pesar de que Juárez Acevedo fue elegido por el Congreso, se ha desempeñado como un funcionario público, y como tal está sujeto a la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos.

La Ley Estatal de Acceso a la Información Pública, calificada con 5

De acuerdo con un reporte de la Libertad de Información difundido en la página de internet
http:// www.limac.org.mx/modules.php?name=News&file=article&sid=263
, y cuyo autor es el especialista Ernesto Villanueva, la Ley de Acceso a la Información Pública aparece con una calificación de 5.26, lo que ubica a la entidad en el lugar 26, de los 27 estados que cuentan con una reglamentación de este tipo.

Los indicadores para calificar las leyes son 1. “Sujetos obligados; 2. Definiciones; 3. Interpretación; 4. Información de oficio; 5. Límites al derecho de acceso a la información; 6. Versiones públicas; 7. Máxima publicidad; 8. Prueba de daño; 9. Gratuidad de la información; 10. Periodo de reserva; 11. Formas de solicitud de acceso a la información; 12. Hábeas data o protección de datos personales; 13. Órgano garante; 14. Afirmativa ficta; 15. Vías de impugnación; 16. Formas de control de la ley, y 17. Ámbito temporal de validez. A cada uno de estos indicadores se les otorgó un valor de 10 puntos para llegar a un total de 170”.