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Tlaxcala > Política
viernes 21 de septiembre de 2007

· Dan marcha atrás en su pretensión de aumentar penas por aborto

Aprueban diputados reformas al Código Penal del estado; la sanción máxima será de 60 años

Juan Luis Cruz Pérez

A través de una serie de reformas al Código Penal de Tlaxcala, los integrantes de la LVIII Legislatura local elevaron a 60 años la pena máxima de cárcel y aprobaron que la trata de personas sea considerada como un delito grave con una sanción de hasta 27 años de prisión.

De acuerdo con las adecuaciones aprobadas, los 60 años de prisión se impondrán para el delito de secuestro, con lo que Tlaxcala mantiene una homologación en la materia respecto del Código Penal de la Federación.

En la sesión ordinaria de este jueves, los diputados se dieron tiempo de retirar del trámite parlamentario un proyecto que ya habían aprobado desde el pasado 15 de mayo y validaron, sin la menor objeción, un nuevo documento que ayer mismo fue presentado a los 32 legisladores.

Entre las principales reformas al Código Penal que aprobaron los diputados por unanimidad de votos, destacan la adhesión del término de trata de personas al capítulo III del citado Código para conjuntarlo con lenocinio.

Con esta determinación, los integrantes de la LVIII Legislatura local, a partir de estas modificaciones, aprobaron que quienes sean responsables de la comisión del delito de trata de personas sean condenados a la reparación del daño a favor de la víctima y de sus dependientes.

Además, el lenocinio será penado hasta con 15 años de prisión, mientras que quienes incurran en trata de personas –entendida ésta como la actividad que promueva, ofrezca, facilite, capte, reclute, transporte, traslade, entregue o reciba a una gente para sí o para terceros, con la finalidad de someterla a la explotación tanto laboral como sexual–, serán sancionados hasta con 27 años de prisión, de acuerdo con las agravantes del caso de que se trate.

También los legisladores establecieron penas de hasta 11 años a quien incurran en el delito o incite a cualquier menor de 18 años de edad a la realización de actos eróticos para ser grabados y difundidos, y cárcel hasta por 15 años a quien dirija alguna agrupación de personas que se dedique a esta actividad.

De igual forma, avalaron que el delito de violación sea sancionado hasta con 25 años de prisión cuando la víctima tenga menos de 14 años, y hasta dos décadas de cárcel cuando no rebase la mayoría de edad; además, la autoridad procederá a la destitución de cualquier funcionario que incurra en este tipo de ilícito.

En cambio, los legisladores dieron marcha atrás a su desliz de incrementar a dos años la pena de prisión para las madres que voluntariamente procuren el aborto o consientan que se lo realicen, por lo que dejaron sin efecto la reforma que ya habían aprobado el pasado 15 de mayo.

Ahora, los diputados se alistan a aprobar una serie de reformas y adiciones al Código de Procedimientos Penales del estado.