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Puebla > Estado
viernes 3 de noviembre de 2006

Reconocen empresarios fúnebres la existencia de colusión con autoridades para ganar clientes

Ernesto Aroche Aguilar

¿La catrina, la calaca tilica y flaca tuvo el desafortunado tino de visitar a algún pariente, amigo o persona estimada por usted? Entonces el calvario recién inicia, y no sólo por el dolor que pueda embargarlo, por la ausencia del ser querido, sino porque la tramitología que rodea a tan penoso acontecimiento puede derivar en mordidas y cobros injustificados.

Las complacencias entre autoridades y prestadores de servicios funerarios están a la orden del día, “como si no bastara el dolor que ya cargan los deudos”, lamenta en entrevista Héctor Corona López, tesorero de la Asociación Poblana de Agencias Funerarias.

“Hay mordidas”, sostiene, “hay pago de gratificaciones a los trabajadores de hospitales, centros médicos y demás, pero sobre todo hay pagos a los agentes del Ministerio Público para que agilicen el papeleo; hay algunas compañías en donde los trámites se realizan en cuestión de horas; otras empresas, en cambio, tienen que esperar a veces hasta días”.

El también empresario de pompas fúnebres reconoció además que hay manejo de zonas o exclusividades en algunos nosocomios y/o agencias del Ministerio Público, “para beneficiar solamente a algunas funerarias”.

Y los problemas no terminan ahí: una vez que el cuerpo libró los trámites médicolegales comienzan los posibles disgustos con las empresas encargadas de ofrecer el servicio de velación e inhumación.

De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), lo más recomendable es, en estos casos, realizar visitas personalizadas a las instalaciones de las agencias funerarias y los panteones antes de cerrar el trato; verificar el estado del ataúd o la urna –en caso de cremación– una vez que han sido entregados, y exigir un presupuesto por escrito que concuerde con el contrato.

“Algunas funerarias tratarán de convencerlo de embalsamar al difunto, aunque no sea necesario, con objeto de cobrar este servicio. No se deje engañar, este proceso es obligatorio sólo en casos especiales, como muerte por enfermedad contagiosa, velación por varios días, para trasladar el cuerpo a un lugar lejano, por las condiciones climáticas del lugar o por solicitud de alguna autoridad”.

Aunque, ya se sabe, en estos casos no siempre se pueden tener tantas precauciones, por ello la dependencia federal recomienda dejar en manos del miembro de la familia con mayor tranquilidad la realización de los trámites para evitar abusos.

La muerte no se anticipa

La muerte es, por mucho, la única certeza con que se nace. Esta verdad de Perogrullo no siempre ayuda a prevenir los problemas que puede generar lo inevitable, pero cuando la idea nos obliga a la acción vale la pena tomar en cuenta algunas recomendaciones antes de contratar algún servicio.

La Profeco recomienda exigir por escrito la descripción detallada hasta donde sea posible de los servicios contratados, contando, de preferencia, con una fotografía –en folleto o tríptico– del ataúd y/o la urna adquiridos “para que no le den gato por liebre”.

La descripción debe incluir: tiempo, sala(s), capacidad, servicios adicionales como transporte, cafetería, sacerdote, flores, cuartos de pésame, etcétera; en el caso del ataúd se debe especificar el tipo, costo, material y la garantía; tiempo de duración y fecha de los servicios, así como los precios, condiciones y formas de pago en cantidades totales (impuestos incluidos), los procedimiento de cancelación (aplica para servicios a futuro) y el número de registro del contrato de adhesión ante Profeco.

En caso de que se decida rescindir el contrato, el consumidor cuenta con un plazo de cinco días hábiles después de haber firmado, sin menoscabo de los pagos realizados; el proveedor está obligado a devolver íntegramente dichas cantidades en un plazo no mayor a los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que le sea notificada por escrito dicha cancelación.

En la compra de un lote o nicho en el panteón, el proveedor deberá entregar un plano de la ubicación de su bien inmueble, pero además se debe proporcionar el reglamento interno del camposanto. No olvidar que al concluir el pago del bien inmueble se debe expedir un título de derecho de uso, “como las escrituras de su casa”.

La Profeco también señala que es obligación del consumidor tener presente que “al adquirir un lote a perpetuidad también está adquiriendo el compromiso de pagar una cuota de mantenimiento anual”.

Por lo pronto, y para evitar sorpresas, en estos días la delegación federal de la Profeco en Puebla anunció que desde el pasado 23 de octubre y hasta el día de ayer mantuvieron bajo vigilancia los panteones de Puebla, Atlixco, Cholula y Tehuacán, todo como medida de prevención para evitar que los precios de las flores y los servicios se disparen.

Bernardo Hinojosa Polo, delegado de la Profeco, informó que de manera preventiva también se enviaron más de mil 500 exhortos a los negocios relacionados con la industria fúnebre como productores, distribuidores, importadores y comercializadores de velas, veladoras, ceras, cirios, parafinas; así como a florerías, establecimientos de venta de dulces de temporada, panaderías, tiendas de autoservicio, mercados públicos y establecimientos con venta de disfraces, dulces y juguetes, para promover los derechos de los consumidores.

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